Còdigo

Páginas: 158 (39484 palabras) Publicado: 7 de enero de 2013
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE DEFENSA SOCIAL PARA EL ESTADO L. Y S. DE PUEBLA

N. DE E. EL PRESENTE ORDENAMIENTO SERA ABROGADO DE FORMA GRADUAL POR LOS ARTICULOS PRIMERO Y TERCERO TRANSITORIO DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, INICIANDO POR LA REGION JUDICIAL QUE SE ESTABLEZCA EN LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO A PARTIR DEL 15DE ENERO DE 2013 Y CONCLUYENDO EL 17 DE JUNIO DE 2016.

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 4 DE ENERO DE 2012.

Código publicado en la Sección Tercera del Periódico Oficial del Estado de Puebla, el martes 23 de diciembre de 1986.

GOBIERNO DEL ESTADO

PODER LEGISLATIVO

Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos.- H. Congresodel Estado.- Puebla.

GUILLERMO JIMENEZ MORALES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a los habitantes del mismo sabed:

Que por la Secretaría del H. Congreso se me ha dirigido el siguiente:

EL HONORABLE CUADRAGESIMO NOVENO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA,

CONSIDERANDO:

Que por oficio número 03722 de fecha 24 de septiembre de1986, el Ciudadano Licenciado Guillermo Jiménez Morales, Gobernador del Estado, sometió a la consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado, la Iniciativa del CODIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE DEFENSA SOCIAL PARA EL ESTADO DE PUEBLA.

Que para cumplir con los trámites que establecen los Artículos 64 fracción I de la Constitución Política Local, 99, 105 y 141 fracción VI de la Ley Orgánicay Reglamentaria de este Poder Legislativo, se turnó la Iniciativa de referencia, a la Comisión de Gobernación, Legislación, Puntos Constitucionales, Justicia y Elecciones; la que en Sesión Pública celebrada en este día presentó su Dictamen, que fue aprobado en favor de dicha Iniciativa.

Que estando satisfechos además los requisitos de los Artículos 57 fracción I, 63 fracción I y 79 fracción VIde la Constitución Política Local; 1º, 183, 184 y 185 de la Ley Orgánica y Reglamentaria de este Poder Legislativo,

DECRETA:


CODIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE DEFENSA SOCIAL PARA EL ESTADO L. Y S. DE PUEBLA


LIBRO PRIMERO


CAPITULO PRIMERO.- ORGANOS DE JURISDICCION Y ORGANOS DE ACUSACION

Artículo 1º.- Corresponde exclusivamente a los Tribunales de Defensa Social delEstado:

I.- Declarar que determinado acto u omisión constituye un delito de los comprendidos en los artículos 1º, 2º y 3º del Código de Defensa Social;

II.- Declarar la responsabilidad o irresponsabilidad de las personas acusadas ante ellos;

III.- Aplicar las sanciones que señalan las leyes; y

IV.- Resolver, en su caso, sobre la responsabilidad civil a cargo del o de los acusados o de laspersonas a que se refieren los artículos 1965 a 1974 y 1976 del Código Civil.

Artículo 2º.- Corresponde exclusivamente al Ministerio Público, el ejercicio de la acción persecutoria de los delitos, la cual tiene por objeto:

I.- Practicar las diligencias preparatorias de la acción persecutoria de los delitos;

II.- Pedir la aplicación de las sanciones establecidas por la ley;

(REFORMADA,P.O. 2 DE SEPTIEMBRE DE 1998)
III.- Exigir el pago de la reparación del daño y, en su caso coadyuvar con el ofendido o su representante legal para demandar la responsabilidad civil proveniente del delito, al acusado o a la persona a cuyo cargo sea esa responsabilidad, según los artículos 1965 a 1974 y 1976 del Código Civil;

IV.- Pedir la libertad de los procesados en la forma y términos quepreviene la ley.


CAPITULO SEGUNDO.- REGLAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO


SECCION PRIMERA.- ACCION PERSECUTORIA

Artículo 3º.- En el ejercicio de la acción persecutoria, el Ministerio Público está facultado:

(REFORMADA, P.O. 24 DE MARZO DE 2000)
I.- Para practicar las diligencias que estime necesarias para acreditar la existencia del cuerpo del delito y hagan probable la responsabilidad...
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