Das nochero
Obligación de Informar los Riesgos Laborales DECRETO SUPREMO Nº 40, Artículo 21.- “Los empleadores tiene la obligación de informar oportuna y convenientemente atodos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas que se adopten y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad decada empresa. Especialmente, deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificaciónde los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevenciónque deben adoptar para evitar tales riesgos”. RIESGOS A QUE ESTA EXPUESTO Y MEDIDAS PREVENTIVAS NOMBRE DEL TRABAJADOR : CARGO : NOCHERO NOMBRE DEL SUPERVISOR : ESTABLECIMIENTO :
RIESGOS EXISTENTESCONSECUENCIAS
MEDIDAS PREVENTIVAS
Asalto.
Agresiones Verbales. Agresiones físicas.
Mantener la calma. Tener a mano números de emergencia (carabineros, bomberos,investigaciones) Mantener disponible teléfono móvil o fijo en oficina.
Caída del mismo distinto nivel.
y
Esguinces. Heridas. Fracturas. Contusiones. Lesiones múltiples.
Para evitar laocurrencia de este tipo de accidentes, es preciso adoptar las siguientes medidas: No correr dentro del establecimiento, oficina y escalas. Al bajar por una escala deberá utilizar siempre lospasamanos. Mantener las zonas de tránsito libres de obstáculo, derrames de líquidos u otro elemento que pueda producir tropiezos o resbalones. Usar zapatos con suela antideslizante (goma) y de tacobajo. Conocer y tener al día el plan de emergencia y evacuación de su establecimiento. Tenga precaución con los artefactos de calefacción, revise todos los años el equipo y las instalaciones...
Regístrate para leer el documento completo.