decretos
A P R U E B A
R E G L A M E N T O
C O N D I C I O N E S
A M B I E N TA L E S
L U G A R E S
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D.S. Nº 594
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Decreto Supremo Nº 594
Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en
los Lugares de Trabajo
Santiago, 15 de septiembre de 1999
Visto: lo dispuesto en los artículos 2º, 9º letra c) y en el Libro Tercero, Título III,
en especial en el artículo 82º, del Código Sanitario, aprobado por Decreto con Fuerzade Ley Nº 725 de 1967, del Ministerio de Salud; en los artículos 65º y 68º de la ley Nº
16.744; en los artículos 4º letra b) y 6º del decreto ley Nº 2.763 de 1979; en los
decretos supremos Nº 18 y Nº 173 de 1982; Nº 48 y Nº 133 de 1984 y Nº 3 de 1985,
todos del Ministerio de Salud, y teniendo presente las facultades que me otorgan los
artículos 24º y 32º Nº 8 de la Constitución Política dela República, y
Considerando: La necesidad de actualizar las disposiciones vigentes destinadas a
velar porque en los lugares de trabajo existan condiciones sanitarias y ambientales
que resguarden la salud y el bienestar de las personas que allí se desempeñan,
incorporando los adelantos técnicos y científicos ocurridos,
Modifica Decreto Nº 594, de 1999
Núm. 201. Santiago, 27 de abril de2001.
Visto: lo dispuesto en los artículos 2º, 9º letra c) y en el
Libro Tercero, Título III, en especial en el artículo 82°, del
Código Sanitario, aprobado por decreto con fuerza de ley
Nº 725 de 1967, del Ministerio de Salud; en los artículos
65º y 68º de la ley Nº 16.744; en los artículos 4º letra b) y 6º
del decreto ley Nº 2.763 de 1979; en los decretos Nº 18 y
Nº 173 de 1982; Nº 48 y Nº133 de 1984 y Nº 3 de 1985,
todos del Ministerio de Salud y teniendo presente las
facultades que me confiere el artículo 32° Nº 8 de la
Constitución Política de la República.
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Decreto:
APRUÉBASE el siguiente Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y
Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo:
TITULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1º
El presente reglamento establece lascondiciones sanitarias y ambientales
básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la
reglamentación específica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas
que requieren condiciones especiales.
Establece, además, los límites permisibles de exposición ambiental a
agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica
para trabajadores expuestosa riesgo ocupacional.
Artículo 2º
Corresponderá a los Servicios de Salud, y en la Región Metropolitana al
Servicio de Salud del Ambiente, fiscalizar y controlar el cumplimiento de las
disposiciones del presente reglamento y las del Código Sanitario en la misma
materia, todo ello de acuerdo con las normas e instrucciones generales que
imparta el Ministerio de Salud.
Artículo 3º
La empresaestá obligada a mantener en los lugares de trabajo las
condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la
salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes
directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para
ella.
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DS. Nº 201,
Ministerio
de Salud
27-04-2001
TITULO II
Del Saneamiento Básico de losLugares de Trabajo
Párrafo 1º
De las Condiciones Generales de Construcción y Sanitarias
Artículo 4º
La construcción, reconstrucción, alteración, modificación y reparación de
los establecimientos y locales de trabajo en general, se regirán por la Ordenanza
General de Urbanismo y Construcciones vigente.
Artículo 5º
Los pavimentos y revestimientos de los pisos serán, en general, sólidos y...
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