Delito De Homicidio
ART.123.- Al que prive de la vida a otro se le impondrá de ocho a veinte años en prisión.
ART.125.- Al que prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo enlínea recta, hermano adoptante o adoptado cónyuge concubina o concubinario u otra relación de pareja permanente con conocimiento de esa relación se le impondrá prisión de diez a treinta años y perdidade los derechos que tenga con respecto a la víctima incluidos los de carácter sucesorio si faltare conocimiento de la relación se estará a la punibilidad prevista para el homicidio simple.
Si en lacomisión de este delito concurre alguna circunstancia agravante de las previstas en el artículo 138 de este Código se impondrán las penas del homicidio calificado. Si ocurre alguna atenuante seimpondrán las penas según la modalidad.
ART. 128.- A quien cometa homicidio calificado se le impondrá de veinte a cincuenta años en prisión.
ART.136.- A quien en estado de emoción violenta cometahomicidio o lesiones se le impondrá una tercera parte de las penas que correspondan por su comisión
Existe emoción violenta cuando el sujeto activo del delito vive una intensa conmoción del ánimo que provocaun desorden del comportamiento la pérdida del dominio de su capacidad reflexiva y la disminución de sus frenos inhibitorios que desencadenaron el delito.
ART.138.- El homicidio y las lesiones soncalificadas cuando se cometan con: ventaja, traición, alevosía, retribución por el medio empleado saña en estado de alteración voluntaria u odio.
Existe ventaja:
a) Cuando el agente es superior enfuerza física al ofendido y este no se halla armado
b) Cuando es superior por las armas que emplea por su mayor destreza en el manejo de ellas o por el número de los que intervengan por elc) Cuando el agente se vale de algún medio que debilita la defensa del ofendido o (sic)
d) Cuando este se halla inerme o caído o aquel armado o de o de pie.
e) Cuando hay violencia psico...
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