delitos contra la familia
NOCIONES GENERALES
Una persona abandona a otra a quien tiene la obligación de suministrar alimentos. Este delito se realiza aun cuando el acreedor alimentario o alimentista cuente con el apoyo de familiares o terceros, tal vez amistades, conocidos o vecinos,inclusive pudiese parecer que lo que se sancionare no fuera el abandono del alimentista, sino el incumplimiento de la obligación alimentaría, pero es solo aparente, ya que la verdad es que el apoyo que proviene de familiares o terceros no obligados a suministrar alimentos es un apoyo incierto, inconsistente, poco confiable. Obligación alimentaria comprende comida, vestido, habitación y asistencia encaso de enfermedad, en relación a los menores, esta obligación comprende además los gastos necesarios para la educación del mismo y para proporcionarle oficio, arte o profesión honestos; los alimentos han de ser proporcionados a la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos.
NOCIONES LEGALES
Principiaremos por analizar lo que contempla la carta magna acerca delparticular. En el tema de los alimentos, debemos recordar que existen disposiciones constitucionales es el caso del art. 4 constitucional que señala el deber del estado para proteger a la familia través de la ley “Esta protegerá la organización y desarrollo de la familia” De igual modo, el mismo articulo establece obligaciones que son derechos respecto a los hijos, para los padres o los que ejerzanla patria potestad o tutela sobre menores.
El Código Civil de BC reconoce y regula tanto el derecho como la obligación que tienen los miembros de la familia de proporcionarle alimentos con base a principios tales como los de proteger a la institución de la familia y los valores sobre los cuales descansa como son la unidad, la solidaridad y la asistencia, que nacen en este caso de la filiación ydel parentesco.
Entonces el delito recae en el incumplimiento en la obligación alimentaria por virtud del abandono o el divorcio, y este último implica una pensión alimentaria.
El incumplimiento de las obligaciones familiares radica en los alimentos.
CAPITULO I
INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE
ASISTENCIA FAMILIAR
ARTICULO 235.- Tipo y Punibilidad.- Al que no proporcione losrecursos
indispensables de subsistencia de las personas con las que tenga ese deber legal, se le impondrá prisión de tres meses a cuatro años y suspensión o privación de los derechos de familia, en relación con la víctima o el ofendido.
Igual pena se impondrá a las personas que no proporcionen atención geriátrica a los
adultos mayores de sesenta años con las que tengan ese deber legal, en relacióncon el artículo 301 del Código Civil para el Estado de Baja California.
El delito se perseguirá por querella del ofendido o de su legítimo representante y, a falta de éste, el Ministerio Público procederá de oficio
No se impondrá pena alguna o se dejará de aplicar la impuesta, cuando el obligado a proporcionar los medios indispensables de subsistencia pague todas las cantidades que hubieredejado de ministrar por el concepto de alimentos o se
someta al régimen de pago que el Juez o la autoridad ejecutora en su caso, determinen,
garantizando el pago de las cantidades que en el futuro le corresponda satisfacer.
ARTICULO 236.- Insolvencia dolosa para cumplir las obligaciones alimentarias.-
Al que dolosamente se coloque en estado de insolvencia, con el objeto de eludir el cumplimiento...
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