Derecho De Rectificación
La Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, regula en España el ejercicio del derecho de rectificación. La Ley de 1984 introdujo en el ordenamiento español un nuevo modo deentender el derecho de rectificación, su ejercicio y la correspondiente garantía jurídica. Quedaron derogados expresamente los artículos 58 a 62 de la Ley 14/1966, de 18 de marzo, así como las normasreglamentarias que desarrollaban estos preceptos; el artículo25 de la Ley 4/ 1980, de 10 de enero sobre el Estatuto de la Radio y la Televisión; y el número 1 del artículo 566 del Código Penal.Las innovaciones que se efectuaron podrían sintetizarse en:
· Desaparece la dualidad de el derecho de réplica y el derecho de rectificación; el primero propio de las personas naturales o jurídicas,y el segundo de la Administración Pública y las autoridades. Ambos derechos presentaban importantes diferencias respecto a las condiciones y efectos de su ejercicio.
· El nuevo derecho tiene, enconsecuencia, un carácter unitario que no distingue entre medios de comunicación social. Se origina como resultado de la difusión de determinados mensajes, y se ejercita a través del correspondiente mediode comunicación social ya sea este gráfico, visual o auditivo.
“La rectificación deberá limitarse a los hechos de la información que se desea rectificar”
Hay casos en los que resulta sencillodistinguir entre el enunciado de un hecho y la expresión de una opinión; pero entre ambos existe un problema que se plantea en lo que al derecho al honor se refiere. Una dificultad añadida es que lainformación que se da no es siempre una información “pura”; en la información aparecen mezclados hechos, ideas, juicios y opiniones. Por tanto, el derecho de rectificación ha de ser considerado caso acaso y ha de prevalecer el criterio de las partes afectadas por la rectificación.
La Sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de diciembre de 1986 considera que el derecho de rectificación en...
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