Derecho humanos
el Pacto Internacional de DerechosEconómicos, Sociales y Culturales, aprobado por la Asamblea General en su resolución 2200A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 y que está en vigor desde el 3 de enero de 1976. En los artículos 13 y 14 del Pacto, se proclama específicamente el derecho de toda persona a la educación. El artículo 13 es esencialmente una repetición delartículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el que todos los signatarios reconocen "el derecho de toda persona a la educación",y que la educación debe orientarse hacia "el pleno desarrollo de la personalidad humana". Además, en el artículo 15 del Pacto, se reconoce "el derecho de toda persona a participar en la vida cultural y gozar de sus beneficios ".
2) que esta educacióndebe centrarse en el desarrollo de los reclusos en todos los aspectos: mental, físico, social y espiritual: Las Naciones Unidas han aprobado asimismo diversos conjuntos de normas que son pertinentes para la educación de los reclusos.
• las Normas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos [ ADEP.1990. Le dspositif de formation "Jeunes détenus" 1989-1990: résultats d'enquête et analyses.Noisy-le-Grand (Francia), ADEP/Dirección de Administración Penitenciaria, 1990], fueron adoptadas en 1957 por el Consejo Económico y Social en su resolución 663C (XXIV) y ampliadas por la Asamblea General en su resolución 45/111, que contiene los PrincipiosBásicos para el Tratamiento de los Reclusos. La regla 77 se aplica directamente a la educación y actividades recreativas de los delincuentes. Entreotras cosas, dispone que "se tomarán medidas para la educación ulterior de todos los reclusos que puedan aprovecharla, en particular instrucción religiosa" y que la educación penal debe integrarse "en la medida de lo posible" con el sistemaeducacional de cada país [ Adult. Literacy and Basic Skills Unit. Report of the ALBSU consultative committee on adult literacy and basic skills work withoffenders/ex-offenders. Londres, 1985].
• las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (las Reglas de Beijing) (resolución 40/33 de la Asamblea General, anexo), establecen normas acerca de los derechos de los delincuentes menores de edad. En la regla 22.1 se señala a la atención la importancia de la educación profesional y de la formación continua en elservicio del personalque se ocupa de los casos de menores, como elemento esencial para garantizar un sistema productivo de educación penal. En la Regla 26, sobre los objetivosdel tratamiento institucional, se aclaran los objetivos del sistema de educación penal de menores. En primer lugar, debe ayudar a los menores recluidos en instituciones "a asumir papeles socialmente constructivos, y productivosen la sociedad". Además, es necesario centrar la atención en el "desarrollo saludable" de los menores delincuentes y debe ofrecérseles una capacitaciónadecuada para garantizar que al abandonar la institución no se encuentren en situación de "desventaja educacional" para reintegrarse en la sociedad.
• El 24 de mayo de 1990, el Consejo Económico y Social aprobó nuevas e importantes resolucionessobre la educación en los establecimientos penitenciarios (resolución 1990/20) y sobre educación, capacitación y conciencia pública en la esfera de la prevención del delito(resolución 1990/24). En la primera, el Consejo afirmó el derecho de toda persona a la educación, consagrado en los instrumentos de derechos humanos mencionados antes, y recordó también la regla 77 de las Reglas Mínimas para...
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