Derechos fundamentales
No obstante, no es posible dar cuenta clara de la existencia de un criterio de fundamentalidad para los derechos que sea universalmente válido. Los derechos fundamentales son, así,los que están reconocidos con ese carácter en un ordenamiento positivo.
En el mundo occidental, y particularmente en Europa, ha encontrado gran arraigo la cultura de los derechos fundamentales,justamente porque el desarrollo político común y los cada vez más frecuentes intercambios de todo orden han confluido en la consideración de que la dignidad de la persona, la libertad y la igualdad sonlos valores máximos y matriciales, convirtiéndose en los verdaderos fundamentos de las diversas expresiones normativas constitucionales y de sus objetivos como Estados democráticos.
Los derechosfundamentales se pueden clasificar en base a tres criterios:
• Garantía: (artículo 53 CE) hablamos del nivel de protección y de eficacia. Los niveles de garantía pueden ser de protección máxima (del 14 al29), es decir, son directamente aplicables, tienen reserva de ley orgánica y son susceptibles de recurso de amparo ante al Tribunal Constitucional. Los de protección ordinaria (del 30 al 38 CE), loscuales no son susceptibles de recurso de amparo, exceptuando el artículo 30, que si lo tiene (objeción de conciencia). Y finalmente, los derechos de protección reducida (Capítulo III CE) son los...
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