Directiva 64
La directiva 64/221 sobre la coordinación de medidas especiales para los extranjeros en materia de desplazamiento y residencia justificadas por razones de orden público, deseguridad y de salud pública tiene por objetivo coordinar las disposiciones aplicables en todos los Estados miembros para hacer valer las razones de orden público, seguridad y salud públicas en materia dedesplazamiento y de residencia de los nacionales de otros Estados miembros y de sus familias.
Las medidas de orden público o de seguridad pública deberán estar fundamentadas exclusivamente en elcomportamiento personal del individuo al que se apliquen. La mera existencia de condenas penales no constituye por sí sola motivo para la adopción de dichas medidas y la caducidad del documento deidentidad del individuo no podrá justificar la expulsión del territorio.
La decisión de conceder o denegar el primer permiso de estancia deberá adoptarse en el más breve plazo, y a más tardar dentro de losseis meses siguientes a la solicitud del permiso. En caso de considerarlo indispensable, el país de acogida podrá pedir informes a otro Estado miembro sobre los antecedentes penales del solicitante,pero dichas consultas no tendrán carácter sistemático.
La decisión de denegar la concesión o la renovación de un permiso de estancia o la decisión de expulsión del territorio, así como las razones deorden público, seguridad o salud públicas, serán notificadas al interesado, a menos que existan motivos de seguridad del Estado.
El interesado deberá poder interponer contra la decisión de entrada,de denegación de concesión o de renovación del permiso de estancia, o contra la decisión de expulsión del territorio, los mismos recursos de que disponen los nacionales contra los actosadministrativos. En algunos casos específicos (por ejemplo si no existen posibilidades de recursos jurisdiccionales o si dichos recursos no tienen efecto suspensivo), están previstas garantías adicionales...
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