Directiva N 14 Comisiones Evaluadoras

Páginas: 7 (1750 palabras) Publicado: 1 de septiembre de 2015
DIRECTIVA DE CONTRATACION PUBLICA N° 14
RECOMENDACIONES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES
EVALUADORAS

1.- OBJETIVO DE LA DIRECTIVA
Mediante la presente directiva se busca establecer recomendaciones y orientaciones básicas, que
faciliten ci correcto funcionamiento de las comisiones evaluadoras designadas al amparo del artIculo 37
del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, queaprueba el reglamento de la icy N°
19886.

2.- CONCEPTO Y AMBITO DE APLICACION
El artIculo 37 del reglamento de la icy N° 19.886 dispone que las entidades licitantes debeirtn evaluar
los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores, a través de un análisis económlco y
técnico de los beneficios y los costos presentes y futuros dci bien y servicio ofrecido en cada una de las
ofertas.Dicha norma reglamentaria precisa que en las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista
gran complejidad y en todas aquelias superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por
una comisión evaluadora, de manera de garantizar ia imparcialidad y competencia entre los oferentes.
Lo anterior, en todo caso, no obsta a que dichas comisiones también puedan ser designadas enlas
licitaciones inferiores al monto indicado.
Por iirtimo, de acuerdo a Ia citada disposición, la integracitin de Ia comisión evaluadora deberá set
publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratacitin Piiblica, wv.mercadopublico.cl.

3.- INSTRUCCIONES Y RECOMENDACIONES BASICAS
3.1.- De la designacion de los integrantes de la comisión y de su composición:
3.1.1.- Para efectos deresolver la integracion de las comisiones evaluadoras, la autoridad
competente deberá tomar en cuenta las consideraciones profesionales y de probidad de sus potenciales
lntegrantes.
31.2.- Se recomienda estabiecer como requisito de composición de las comisiones, la circunstancia de
que la mayorIa de sus miembros, con la excepción de los asesores externos que las integren, hayan
aprobado, al menos en unaoportunidad, la prueba de acreditación que efectha la Dirección
ChileCompra, y que tiende a certificar el nivel de conocimiento de los usuarios acerca de la normativa
de compras piiblicas y ci uso de la plataforma ww.mcrcadopublico.cl.
3.1.3.- Se recomienda que los miembros de las cornisiones evaluadoras sean designados con
anterioridad a Ia fecha de apertura de las ofertas. Dc esta manera, losintegrantes de dichas
comislones podrán estar presentes durante el acto de apertura, lo que les permitirá resolver cuaiquier
cuestionamiento que surja de esa instancia.

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3.1.4.- La integración de la comisión evaluadora debe encontrarse sancionada a través de un acto
administrativo, dictado poe la autoridad competente, el cual deber publicarse en ci Sistema de
Inforrnación de Compras yContratación Pi1blica, www.mercadopublico.cl.
3.1.5.- Dc acuerdo al artIculo 37 del reglamento de la ley N° 19.886, los miembros de la comisión
evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los ofererites. Por ello, una vez designados, se
recomienda solicitar a todos los integrantes de la comisión la suscripción de declaraciones juradas en
las que expresen no tener conflicto de interés alguno enreiación a los actuales o potenciales
oferentes en ci respectivo proceso iicitatorio. En el evento de que un conflicto de interés solo se hiciese
patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, y no ai momento de la designaciOn de la
comisiOn, el integrante afectado por dicho conflicto deber3 abstenerse de participar en la comisiOn,
debiendo poner en conocirniento de su superior jerilrquico laimplicancia que le afecta, en ejercicio del
artIculo 62, N° 6, de la icy N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la AdministraciOn
del Estado, y del artIculo 12 de la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos
administrativos que rigen los actos de los Organos de la AdministraciOn del Estado. En dicho evento, ci
funcionario que se hubiese abstenido deberá ser...
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