Resoluci n N 1133 14
VISTO el expediente N° 5802-3436674/14, la Ley de Educación Nacional N° 26206, la Ley de Educación Provincial N° 13688, y
CONSIDERANDO:Que el artículo 28 de la Ley de Educación Nacional Nº 26206/07 establece que “las escuelas primarias tendrán Jornada Extendida o Completa con la finalidad de asegurar el logro de los objetivosfijados para este nivel por la presente Ley”;
Que el Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente 2012-2016, propicia laampliación de la jornada escolar para el Nivel Primario;
Que el Ministerio de Educación Nacional y la Provincia de Buenos Aires han celebrado el Convenio Marco N° 585/14 porel cual se comprometen a dar cumplimiento a los objetivos planteados por el artículo 28 de la Ley N° 26206 de Educación Nacional y en el artículo 2, inciso b de la ley N° 26075 de FinanciamientoEducativo”;
Que, el artículo N° 186 de la Ley Provincial de Educación Nº 13688/07 dictada en consonancia con la Ley Nacional de Educación antes aludida, determina que “LaDirección General de Cultura y Educación definirá y acordará los criterios organizativos, los modelos pedagógicos y demás disposiciones necesarias para el proecso de implementación de la jorndaextendida o completa, establecida por el artículo 28 de la ley de Educación Nacional...”;
Que el Reglamento General de Escuelas Públicas de la Provincia de Buenos Aires, DecretoNº 2299/11, establece en su Artículo 143 que: “ Se entiende por Jornada Escolar de la institución el horario de funcionamiento de sus turnos conforme la carga horaria correspondiente al diseñocurricular vigente del nivel, modalidad y modelo organizacional. La misma puede adoptar la forma de jornada simple, jornada completa o jornada extendida”;
Que en el marco normativo antes mencionado la...
Regístrate para leer el documento completo.