Disposiciones de la NIA 240 de responsabilidad del auditor de estados financieros con respecto al fraude que sería conveniente adoptar en Argentina. Justificación de la adopción.

Páginas: 9 (2109 palabras) Publicado: 31 de agosto de 2014

Disposiciones de la NIA 240 de responsabilidad del auditor de estados financieros con respecto al fraude que sería conveniente adoptar en Argentina. Justificación de la adopción.


BREVE RESEÑA
Desde ya varios años, que el tema del fraude en los negocios viene tomando mayor injerencia, implicando un fuerte impacto en el trabajo del Auditor. Por lo que, la profesión a nivel mundial hadebido tomar cartas en el asunto, dando por respuesta la NIA 240, a estas alturas modificada, por parte del IFAC (International Federation of Accountants), o bien, el SAS N° 99 (Statement on Auditing Standards) emitido por el AICPA (American Institute of Certified Public Accountants), como los ejemplos más relevantes. Sin embargo, en Argentina la Norma de Auditoria vigente, Resolución Tecnica N° 7, nohace mención al fraude explícitamente, o bien lo asimila a la palabra “irregularidades” según se puede leer en la sección III.B.2.3 segunda parte, al decir “Evaluar la significación de lo que se debe examinar, teniendo en cuenta su naturaleza, la importancia de los posibles errores o irregularidades y el riesgo involucrado.”, lo que denota cierta debilidad en la normativa argentina vigente.Paralelamente, la legislación argentina avanza sobre la materia de fraude velozmente, agregando mayores grados de responsabilidad para los auditores de estados contables, a través de leyes como el Régimen Penal Tributario (Ley 24.760) y su artículo 15, y la contundente normativa de Prevención Lavado de Activos de Origen Delictivo y de la Financiación del Terrorismo (Ley 25.246 y modificatorias). Estaúltima, ha afectado de tal manera la tarea del Auditor, que la FACPCE (Federacion Argentina de Concejos Profesionales de Ciencias Económicas) ha debido emitir una Resolución específica (Resolución 420/2011 vigente) para establecer las normas sobre la actuación del contador público como auditor externo y sindico societario relacionadas.

DISPOSICIONES NIA 240 VERSUS NORMATIVA ARGENTINA
Por loexpuesto, es razonable que la profesión en Argentina tome medidas al respecto, debiendo adoptar, las NIAs en su integridad, o bien implementar modificaciones a la normativa vigente que consideren el tema del fraude, de una manera menos genérica. Seguidamente se detallan de las disposiciones contenidas por la NIA 240, y una breve explicación de la causa por la que sería conveniente adoptarlas enArgentina.

DEFINICION DE FRAUDE: “Un acto intencionado realizado por una o más personas de la dirección, los responsables del gobierno de la entidad, los empleados o terceros, que conlleve la utilización del engaño con el fin de conseguir una ventaja injusta o ilegal.”
Cabe mencionar que es una práctica sana la introducción de definiciones en la normativa profesional, debido a que un término puedetener un concepto amplio, y es necesario limitarlo a un campo razonable vinculado con la normativa en cuestión y ámbito de aplicación. En este caso, el fraude, como bien dice la misma NIA, en su párrafo 3, “es un concepto jurídico amplio”, al acotarlo, el profesional ya sabe a qué se enfrenta antes de comenzar su labor de auditoría. Aquí se puede vislumbrar que la norma argentina al mencionar“errores o irregularidades” deja un amplio margen, a discreción profesional, pero en el peor de los casos a discreción jurídica, esto cuando un juez o abogado debe interpretar el trabajo realizado por un Auditor Externo.

RESPONSABILIDAD EN REALACION AL FRAUDE: La NIA define claramente las responsabilidades en sus párrafo 4 y 5, delegando la prevención y detección del fraude al gobierno de la entidady la dirección, y por el otro lado, la responsabilidad de obtención de una seguridad razonable de que los estados contables en su conjunto están libres de incorrecciones materiales debidas a fraude o error. Cabe mencionar que en la R.T.N° 7 no se precisa la limitación de responsabilidad entre el Auditor Externo de estados contables y la dirección o gobierno de la entidad que emite los...
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