Economista
Generales
De seguridad
Económicas
de
emergenciasalvaguardas
Balance de
Excepciones
de Pago
Renuncias
Zonas de Libre Comercio:
TLC’s.
Andrey Maldonado Karpova
Artículo XX (Excepciones Generales) de
GATT 1994 reconoce que los gobiernos
pueden
aplicar y hacer cumplir
medidas para sus objetivos como:
La protección de la
moral públicaLa protección
de patrimonios
nacionales
humanos
La vida
Y la
salud de
animales
plantas
• La OMC no impide a los gobiernos adoptar y hacer
cumplir tales medidas. Cualquier medida adoptada bajo
las provisiones de excepciones generales no debe
constituir un medio de discriminación arbitraria o
injustificable.
Andrey Maldonado Karpova
1era condición
2da condición
Lamedida contemplada debe estar bajo
una de las 10 categorías en los
subpárrafos (a) - (j) del Artículo XX.
Se refiere al párrafo de apertura de Artículo XX. Las
medidas cubiertas bajo las Excepciones Generales no
deben ser aplicadas en una manera que constituya un
medio de discriminación arbitraria o injustificable entre
países donde las mismas condiciones prevalecen, o
una restriccióndisfrazada contra el comercio
internacional.
Andrey Maldonado Karpova
Sujeto a la exigencia de que tales medidas no sean aplicadas de una manera
que constituiría un medio de discriminación arbitraria o injustificable entre países
donde las mismas condiciones prevalecen, o una restricción disfrazada contra el
comercio internacional, nada en este Acuerdo será interpretado para prevenir laadopción o la ejecución por cualquier Miembro de estas medidas
a
b
c
Necesarias para proteger la moral pública.
Necesarias para proteger la salud y la vida
de las personas y de los animales o para
preservar los vegetales.
Relativas a la importación o a la
exportación de oro o plata.
Andrey Maldonado Karpova
d
e
Necesarias para lograr la observancia
de las leyes y delos reglamentos que tales
no sean incompatibles con las como
disposiciones del presente Acuerdo
Relativas a los artículos fabricados en
las prisiones;
Las leyes y
reglamentos relativos a
la aplicación de las
medidas aduaneras
al mantenimiento en
vigor de los monopolios
administrados de
(párrafo 4 del art. II y con
el art. XVII
y prevención de prácticas
que puedan inducir aerror;
f
Impuestas para proteger los tesoros nacionales de valor artístico,
histórico o arqueológico;
Andrey Maldonado Karpova
g
Relativas a la conservación de los recursos naturales agotables, a
condición de que tales medidas se apliquen conjuntamente con
restricciones a la producción o al consumo nacionales;
h
Adoptadas en cumplimiento de obligaciones contraídas en virtud deun
acuerdo intergubernamental sobre un producto básico que se ajuste a
los criterios sometidos a las PARTES CONTRATANTES y no
desaprobados por ellas o de un acuerdo sometido a las PARTES
CONTRATANTES y no desaprobado por éstas;
Andrey Maldonado Karpova
i
Que impliquen
restricciones impuestas
a la exportación de
materias primas
nacionales
que sean necesarias para asegurar auna industria nacional de transformación
el suministro de las cantidades
indispensables de dichas materias
primas durante los períodos en que el
precio nacional sea mantenido a un
nivel inferior al del precio mundial en
ejecución de un plan gubernamental de
estabilización
a reserva de que dichas restricciones no
vayan en contra de las disposiciones del
presente Acuerdo relativas a la nodiscriminación.
Andrey Maldonado Karpova
j
Esenciales para la
adquisición o reparto
de productos de los
que haya una penuria
general o local.
Sin
embargo
dichas medidas deberán ser
compatibles con el principio
según el cual todas las partes
contratantes tienen derecho a
una
parte
equitativa
del
abastecimiento internacional de
estos productos, y las medidas
que...
Regístrate para leer el documento completo.