El Derecho En La Edad Media
EIDER YESI ANACONA COMETA
JOSE LUIS MUÑOZ BERMEO
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
Seccional Popayán
Facultad de Derecho
Filosofía delderecho 7A
CONEXIÓN CONCEPTUAL DEL DERECHO CON LA MORAL
En el texto “Almo mas sobre la relación entre derecho y moral”, de Ernesto Garzón Valdez, los argumentos que suelen ser esgrimidos en favor de laseparación entre derecho y moral se basan principalmente en dos consideraciones: la primera de ellas es de tipo conceptual y sostiene que pretender incluir elementos morales en la definición delderecho significa una restricción inadmisible del campo de denotación de la palabra derecho. Existe la tesis de la neutralidad. Como es obvio, se aduce, que existen sistemas jurídicos injustos, sireservamos la palabra derecho sólo para referirnos a aquellos ordenamientos que no lo son, la única posibilidad que nos queda para designar regímenes jurídicos injustos es recurrir a expresiones plenas decarga emotiva tales como injusticia institucionalizada, dominación de la violencia y otras similares.
Son dos las tesis defendidas por Ernesto GARZÓN en este artículo, con las cuales propone también sucontribución a este espinoso debate:
1. Entre los Derechos existentes y la Moral (en su doble versión de moral positiva y de moral crítica o ética) se da una conexión conceptual necesaria. Al menoslos legisladores y los funcionarios tienen que adherirse a la regla de reconocimiento por razones morales (GARZÓN VALDÉS).
2. La tesis anterior es relevante para entender cómo es y cómo funciona enrealidad el Derecho, pero su aceptación no implica dotar de un halo de moralidad blindada frente a la crítica— al Derecho positivo.
GARZÓN parte de que los participantes en un sistema jurídico puedenincluir las reglas jurídicas en sus razonamientos prácticos de dos formas distintas:
a) Bien asumiendo un punto de vista interno. Entonces hablaríamos de aceptación de la regla.
b) Bien asumiendo...
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