El Impuesto sobre la Renta
Tipos de Declaraciones:
Declaración Estimada: Las personas naturales y jurídicas deberán presentar la declaración dentro de la segunda quincena delsexto mes posterior del cierre del ejercicio anual, en una oficina receptora de fondos nacionales.
Declaración Definitiva: Según el artículo 145 del COT “los contribuyentes, responsables y tercerosestán obligados a cumplir con los deberes formales relativos a las tareas de fiscalización e investigación que realice al Administración Tributaria y presentar, dentro del plazo fijado, las declaracionesque correspondan”.
Declaración Sustitutiva: Según el artículo 147 del COT “dichas declaraciones y manifestaciones se tendrán como definitivas aun cuando puedan ser modificada espontáneamente,siempre y cuando no se hubiere iniciado el procedimiento de fiscalización y determinación previsto en este Código y, sin perjuicio de las facultades de la Administración Tributaria y de la aplicación desanciones que correspondan, si tal modificación ha sido hecha a raíz de denuncias u observaciones de la Administración. No obstante, la presentación de dos (2) o más declaraciones sustitutivas, o la...
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