EL INVIMA
Funciones Del INVIMAEn cumplimiento de sus objetivos el Invima realizará las siguientes funciones:
Controlar y vigilar la calidad y seguridad de los productos establecidos en el artículo 245 de la ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes, durante todas las actividades asociadas con su producción, importación, comercialización y consumo.
Adelantar los estudios básicos requeridos, de acuerdo con sucompetencia, y proponer al Ministerio de Salud las bases técnicas que este requiera, para la formulación de políticas y normas, en materia de control de calidad y vigilancia sanitaria de los productos mencionados en el artículo 245 de la ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes.
Proponer, desarrollar, divulgar y actualizar las normas científicas y técnicas que sean aplicables en losprocedimientos de inspección, vigilancia, control, evaluación y sanción, y en la expedición de licencias y registros sanitarios.
Coordinar la elaboración de normas de calidad con otras entidades especializadas en esta materia, de acuerdo con la competencia que les otorgue la ley.
Expedir los registros sanitarios, así como la renovación, ampliación, modificación y cancelación de los mismos, cuando lecorresponda, de conformidad con la reglamentación que sobre el particular expida el Gobierno Nacional con fundamento en el artículo 245 de la ley 100 de 1.993; los registros y licencias así expedidos no podrán tener una vigencia superior a la señalada por el Gobierno Nacional en desarrollo de la facultad establecida en el artículo 245 de la Ley 100 de 1.993.
Delegar en algunos entes territoriales laexpedición de las licencias sanitarias de funcionamiento y de los registros sanitarios, así como la renovación, ampliación modificación, cancelación y otras novedades referidas a los mismos, de conformidad con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional con fundamento en el artículo 245 de la Ley 100 de 1.993.
Establecer las directrices operativas y los procedimientos de operación técnica aejecutarse, en las materias relacionadas en este Decreto.
Capacitar, actualizar, asesorar y controlar a las entidades territoriales en la correcta aplicación de normas y procedimientos previstos en materia de vigilancia sanitaria y control de calidad, de los productos establecidos en el artículo 245 de la ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes.
Promover, apoyar y acreditar institucionespara la realización de evaluaciones farmacéuticas y técnicas, así como laboratorios de control de calidad, asesorarlos y controlar su operación de acuerdo con las normas vigentes, sin perjuicio de lo que en materia de control deban adelantar las entidades territoriales.
Efectuar las pruebas de laboratorio que considere de mayor complejidad a los productos estipulados en el artículo 245 de la ley100 de 1993 y en las demás normas pertinentes; desarrollar, montar y divulgar nuevas técnicas de análisis y ejercer funciones como laboratorio nacional de referencia.
Organizar, dirigir y controlar la red nacional de laboratorios referida a los productos estipulados en el artículo 245 de la ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes y promover su desarrollo y tecnificación.
Dirigir,...
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