El Nuevo Rus
Decreto Legislativo N° 937 modif. Por Decreto Legislativo N° 967
El Nuevo Régimen Único Simplificado es un régimen promocional de la pequeña y micro empresa,creado por el Decreto Legislativo N° 937, que consiste en el pago de una cuota única en forma mensual, la cual se determinará sobre la base de la categoría en la cual se ubique el contribuyente.
Lacuota sustituye el pago del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal
Están incluidos en este régimen las personas naturales y lassucesiones indivisas domiciliadas en el país que:
a) Desarrollen actividades empresariales (rentas de 3ra categoría,ejm. bodegas, farmacias,etc)
b) Perciban rentas por sus Oficios (carpintero, albañil,sastre, etc.)
c) Sus ingresos brutos por la realización de sus actividades no excedan de S/. 360,000 nuevos soles en un año. No debe superar en algún mes el límite permitido para la categoría másalta de este Régimen (Excepto sujetos del Régimen Especial)
EXCLUSIONES
No podrán acogerse al régimen las personas naturales y suceciones indivisas que entre otras actividades:
* Presten serviciode transporte de carga: vehículos con capacidad > = 2,000 kilos (2 T.M.)
* Presten servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.
* Efectúen y/o tramiten algúnrégimen, operación o destino aduanero.
* Organicen espectáculos públicos.
* Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores, agentes corredores de productos y de bolsa de valores,agentes de aduana y los intermediarios de seguros
* Titulares de negocios de casinos, tragamonedas y otros de naturaleza similar.
* Titulares de agencias de viajes, propaganda y/o publicidad.
*Realicen venta de inmuebles.
* Actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos.
* Entreguen bienes en consignación.
* Presten...
Regístrate para leer el documento completo.