Escrito de defensa constitucional

Páginas: 20 (4975 palabras) Publicado: 21 de enero de 2014

República Dominicana
Ministerio de Industria y Comercio
Consultoría Jurídica
“Año del Bicentenario del Natalicio de Juan Pablo Duarte”



Al : Magistrado Juez Presidente y Demás
Jueces Que Integran el Tribunal Constitucional de laRepública Dominicana.


Asunto : Escrito de Defensa Por Acción en inconstitucionalidad
contra la Resolución SEIC-237-98 de la Secretaría de
Estado De Industria y Comercio (hoy, Ministerio deIndustria y Comercio), notificada dicha Acción en
fecha 27 de Septiembre del año 20013

Accionado : Ministerio de Industria y Comercio.


Abogados : Dr. Jorge Ronaldo Díaz González; Dr. José AbelDeschamps Pimentel; Lic. Jorge Luís Rodríguez; Lic.
Ramón Díaz..


Materia : Acción Directa en Inconstitucionalidad.


Accionante : PRODUCCIONES CANADA, S.R.L.,


Abogado del Accionante : LIC.JOHEDINSON I. ALCANTARA MORA.


HonorableMagistrados :
La exponente, MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO (MIC), Institución Pública creada mediante la Ley No. 290/66, de fecha 30 de Junio del año 1966, con sus Oficinas Localizadas en el Piso 7, del Edificio de Oficinas Gubernamentales ‘’Juan Pablo Duarte’’, localizado en la cuadra formadas por las Avenidas México,Leopoldo Navarro y Federico Henríquez y Carvajal, del Distrito Nacional, debidamente representada por el LICDO. xxxxxxxxxxxxxxx, domiciliado y residente en el Distrito Nacional; por intermedio del suscrito Abogado, DR. JORGE RONALDO DIAZ GONZALEZ, xxxxxxxxxxxxxxxx; en relación a la ACCION DIRECTA EN INCONSTITUCIONALIDAD incoada por la razón social, PROMOCIONES CANADA, S. R. L., contra la ResoluciónSEIC-237-98 de fecha 30 de octubre del 1998, tiene a bien someter a vuestra elevada consideración el presente ESCRITO DE DFENSA, bajo los motivos y predicamentos que a continuación nos permitimos desarrollar:

RESPUESTA A LA ACCION EN INCONSTITUCIONALIDAD

1.0.- La Acción en inconstitucionalidad incoada por la razón social PRODUCCIONES CANADA, S.R.L., es contra la Resolución SEIC-237-98 defecha 30 de Octubre del año 1998, dictada por la entonces SECRETARIA DE ESTADO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, hoy, MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, y se sustenta en el supuesto de que, los artículos “2.3” y “2.6” y sus literales “a” de las diferentes opciones tarifarias contenidas en dicha Resolución, violan los artículos 39, 221, y 40.15 de la Constitución de la República. Dicho planteamiento enrealidad es un subterfugio de la empresa accionante, para aniquilar la decisión No. GE.2101416, de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR, cuyo plazo para recurrirla en Revisión Constitucional perimió.

1.2.- La accionante infundadamente alega que dicha resolución en sus artículos “2.3” y “2.6”, y sus literales “a” de las diferentes opciones tarifarias, que contienen la “OPCIÓN TARIFARIAPARA CLIENTES EN ALTA TENSIÓN”, conceden supuestamente un privilegio, consistente en un descuento de un 5% en el cargo de la Energía y un descuento de un 36% en el cargo de la potencia, a los clientes de consumos en alta tensión; lo que según la accionante va en desmedro de los demás clientes con tarifas con Potencia Máximas: BTD, BTH, MTD y MTH. Según la accionante esto es contrario a la...
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