esquilmo
El artículo 124 de la Constitución establece que: "las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a losEstados". Determinada la competencia del órgano federal, puede crearse en una ley la organización de un servicio público.
Los esquilmos
Se trata del aprovechamiento que hace el Estado de losdesperdicios, desechos, sobrantes, la chatarra, bienes muebles no utilizados o abandonados por los particulares, y que en cierta forma pueden ser utilizados por el sector público para atender necesidadessociales, ya sea mediante su reciclado o simplemente para darles el uso y aprovechamiento que aún puedan brindarle a la población necesitada de esos bienes.
Miguel Acosta Romero habla de este temarefiriéndose a que se trata de un procedimiento a través del cual la Administración Pública puede utilizar y apropiarse de ciertos bienes que se consideran desperdicios, como podría ser el caso de laindustrialización de la basura y su utilización para generar abonos.
3.6.7. Modalidades de la propiedad
La base constitucional para que el Estado imponga modalidades a la propiedad se encuentra en elpárrafo tercero del artículo 27 Constitucional, que expresa: “La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el deregular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación,...
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