Estados financieros
ARTICULO 2.- Con el fin de definir y regularizar laimagen urbana de la Ciudad Capital y de las demás poblaciones del municipio, la Autoridad Municipal establecerá los requisitos que deberán contemplar los particulares que pretendan llevar a cabo acciones que modifiquen o cambien de cualquier forma dicha imagen. Las acciones y obras de construcción así como su correspondiente ejecución, deberán sujetarse estrictamente a las disposicionesestablecidas en el Reglamento de Construcciones para el Municipio de Campeche y sus Normas Técnicas Complementarias, en vigor. ARTICULO 3.- La aplicación del presente reglamento corresponde a la Presidencia Municipal por conducto de la Dirección de Desarrollo Urbano y la Secretaria del Ayuntamiento en las respectivas competencias establecidas en este ordenamiento; y en las secciones municipalescorresponderá a los presidentes de las juntas respectivas; mismas que para los efectos del presente reglamento se les denominará "La Autoridad Municipal". ARTICULO 4.- La autoridad municipal tendrá las siguientes facultades y atribuciones en materia de imagen urbana. 1.- Recibir las solicitudes, tramitar, expedir y revocar en su caso las autorizaciones y permisos específicos para obras y acciones de imagenurbana, a que se refiere el presente reglamento. 2.- Determinar las zonas y las edificaciones en las que únicamente se permita la conservación de inmuebles. 3.- Ordenar la inspección de obras y acciones relativas a la imagen urbana para verificar el cumplimiento a las disposiciones contenidas en el presente reglamento. 4.- Ordenar la suspensión de las obras y acciones relativas a la imagen urbana queno cuenten con la debida autorización o que infrinjan el presente reglamento 5.- Aplicar y/o ejecutar las medidas necesarias para el cumplimiento de este ordenamiento y en su caso, sancionar las infracciones cometidas al mismo. 6.- Solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando fuere necesario para el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento.
1
PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIALDEL ESTADO DE FECHA 22 DE JUNIO DE 1993.
7.- Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de este reglamento, las que le confiera el Ayuntamiento y los demás ordenamientos legales vigentes El Ayuntamiento podrá convocar a la iniciativa privada, a las instituciones y asociaciones particulares, así como a los gobiernos federal y estatal a fin de convenir sobre la preservación ymantenimiento de la imagen urbana. CAPITULO SEGUNDO DEFINICIONES ARTICULO 5.- Para los efectos de este reglamento se entenderá por: IMAGEN URBANA: Las fachadas de los edificios y los elementos que las integran; las bardas: cercas y frentes de predios; los espacios públicos de uso común: parques, jardines, plazas, avenidas, camellones, aceras y los elementos que los integran; el mobiliario urbano integradopor postes, arbotantes, arriates, bancas, basureros, fuentes, monumentos, paradas de autobuses, casetas telefónicas y de informes, señalamientos, ornato, etc. CENTRO HISTORICO: La zona denominada Primer Cuadro de la Ciudad o Recinto Amurallado, comprende las calles siguientes: por el lado Norte, calle 8; por el lado Sur, calle 18; por el lado Oriente, calle 49-C y por el lado Poniente, calle 67....
Regístrate para leer el documento completo.