exposicion civil
ARTICULO 978.
Las sentencias obtenidas contra el usufructuario, el usuario o el que tiene derecho de habitación,obligan al propietario; menos si se tratare de la posesión del dominio de la finca o de derechos anexos a él: en este caso no valdrá la sentencia contra elpropietario que no haya intervenido en juicio.
ARTICULO 982.
ARTICULO 983.
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