fiscal
Cuando resulteimposible continuar o concluir el ejercicio de las facultades de comprobación en los establecimientos del visitado, las actas en las que se haga constar el desarrollo de una visita en el domicilio fiscal podrán levantarse en las oficinas de las autoridades fiscales. En este caso se deberá notificar previamente esta circunstancia a la persona con quien se entiende la diligencia, excepto en elsupuesto de que el visitado hubiere desaparecido del domicilio fiscal durante el desarrollo de la visita.
Visita Domiciliaria:
Una de las facultades de la autoridad fiscal, conforme al art. 42 del Código Fiscal de la Federación, para comprobar el cumplimiento que se el haya dado a las disposiciones tributarias, es la de practicar visitas en el domicilio o dependencia de los sujetos pasivos, de losresponsables solidarios o de los terceros para revisar ahí sus libros, documentos y correspondencia que tengan relación con las obligaciones fiscales. Este tipo de visitas encuentran su fundamento constitucional en el párrafo segundo el artículo 16 constitucional, que establece que la autoridad administrativa podrá practicar visitas domiciliarias únicamente para cerciorarse de que se han cumplidolos reglamentos sanitarios y de policía, y exigir la exhibición de libros y papeles indispensables para comprobar que se han acatado las disposiciones fiscales, sujentándose en estos casos a las leyes respectivas y a las formalidades prescritas para los cateos; a su vez, en relación con los cateos, señala que en toda orden de cateo que sólo la autoridad judicial podrá expedir y que será escrita, seexpresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla un acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.
Visita Domiciliaria:Una de las facultades de la autoridad fiscal, conforme al art. 42 del Código Fiscal de la Federación, para comprobar el cumplimiento que se el haya dado a las disposiciones tributarias, es la de practicar visitas en el domicilio o dependencia de los sujetos pasivos, de los responsables solidarios o de los terceros para revisar ahí sus libros, documentos y correspondencia que tengan relación conlas obligaciones fiscales. Este tipo de visitas encuentran su fundamento constitucional en el párrafo segundo el artículo 16 constitucional, que establece que la autoridad administrativa podrá practicar visitas domiciliarias únicamente para cerciorarse de que se han cumplido los reglamentos sanitarios y de policía, y exigir la exhibición de libros y papeles indispensables para comprobar que se hanacatado las disposiciones fiscales, sujentándose en estos casos a las leyes respectivas y a las formalidades prescritas para los cateos; a su vez, en relación con los cateos, señala que en toda orden de cateo que sólo la autoridad judicial podrá expedir y que será escrita, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, alo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla un acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.
Visita Domiciliaria:
Una de las facultades de la autoridad fiscal, conforme al art. 42 del Código Fiscal de la Federación, para comprobar el...
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