Flora
Decreto-Ley 2811 de 1974 Parte IX | Protección y conservación de fauna silvestre:Art. 247 Asegura la protección y manejo de la fauna silvestreArt.248 Define el sistema de aplicaciónArt. 249 DefinicionesArt. 258, (literales C y D) Facultades de administración para la protección de la fauna silvestreProtección y conservación de pesca:Art. 266Asegura conservación, fomento y aprovechamiento de los recursos hidrobiológicosArt. 270 DefinicionesArt. 283, (literales B y C) Prohibiciones. |
Decreto-Ley 1608 de 1978Veda de especies faunísticas |Regula la preservación, conservación, restauración y fomento de la fauna silvestre.Art. 1,2,3 Objetivos, ámbito de aplicaciónArt. 4 DefinicionesArt.5 Especies que no cumplen todo su ciclo de vida en elmedio acuáticoArt. 220 Prohibiciones generales.Existen más de 30 resoluciones donde se establecen vedas, prohibiciones y restricciones al ejercicio de la caza. |
Ley 13 de 1990 | Estatuto general depesca. |
Ley 84 de 1989 | Adopta el Estatuto nacional de protección de los animales |
2.7 Normatividad sobre fauna silvestre y caza |
Decreto-Ley 2811 de 1974 Parte IX | Protección yconservación de fauna silvestre:Art. 247 Asegura la protección y manejo de la fauna silvestreArt. 248 Define el sistema de aplicaciónArt. 249 DefinicionesArt. 258, (literales C y D) Facultades deadministración para la protección de la fauna silvestreProtección y conservación de pesca:Art. 266 Asegura conservación, fomento y aprovechamiento de los recursos hidrobiológicosArt. 270 DefinicionesArt. 283,(literales B y C) Prohibiciones. |
Decreto-Ley 1608 de 1978Veda de especies faunísticas | Regula la preservación, conservación, restauración y fomento de la fauna silvestre.Art. 1,2,3 Objetivos, ámbitode aplicaciónArt. 4 DefinicionesArt.5 Especies que no cumplen todo su ciclo de vida en el medio acuáticoArt. 220 Prohibiciones generales.Existen más de 30 resoluciones donde se establecen vedas,...
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