fuiu

Páginas: 5 (1146 palabras) Publicado: 27 de abril de 2013
Contabilidad Básica
Clase del 23/04/2013
CPCC MIGUEL ANGEL CHISCUL PADILLA

Libros y Registros Contables
Generalidades
El articulo 33º del Código de Comercio (*) establece
que en general todo negocio (persona natural o
jurídica) debe llevar necesariamente, con la finalidad
de proteger los intereses que confluyen en la
empresa, los siguientes libros contables: (1) Libro de
Inventariosy Balances, Diario, Mayor (libros
Principales) y (2) los demás libros que ordenen las
leyes especiales obligatorios o voluntarios.
(*) Vigente desde 1902
CPCC MIGUEL ANGEL CHISCUL PADILLA

En virtud a ello, cabria concluir que todo negociante
debe llevar los siguientes libros y registros:
INVENTARIOS Y
BALANCES

LIBROS PRINCIPALES

DIARIO

MAYOR

CPCC MIGUEL ANGEL CHISCUL PADILLA CPCC MIGUEL ANGEL CHISCUL PADILLA

REGISTRO DE COMPRAS
REGISTRO DE VENTAS
LIBRO DE CAJA Y BANCOS
LIBRO ACTAS JUNTA GENERAL ACC.
LIBRO DE ACTAS DEL DIRECTORIO
LIBRO DE MATRICULA DE ACCIONES

REGISTRO DE INVENTARIOS (UF y V)
LIBROS AUXILIARES
OBLIGATORIOS

REGISTRO DE CONTROL ACTIVO FIJO

REGISTRO REGIMEN RETENCIONES
REGISTRO REGIMEN PERCEPCIONES

PLANILLA ELECTRONICA - PLAMEREGISTRO DE COSTOS

REGISTRO DE CONSIGNACIONES
REGISTRO DE HUESPEDES y otros

REGISTRO DE CONTROL
DE CUENTAS POR
COBRAR

LIBROS AUXILIARES
VOLUNTARIOS

REGISTRO DE CONTROL
DE CUENTAS POR PAGAR

LIBRO DE CAJA CHICA, ,
OTROS

CPCC MIGUEL ANGEL CHISCUL PADILLA

Libros y Registros Contables
Importancia y principales obligaciones tributarias
Los libros y registros constituyenlas herramientas
fundamentales para obtener información, evaluar la
eficiencia y desempeño de las diversas áreas y
cumplir adecuadamente sus obligaciones.
En función a la información anotada en los libros y
registros se elaboran los Estados Financieros.

CPCC MIGUEL ANGEL CHISCUL PADILLA

Libros y Registros Contables
Legalización de libros y registros
El numeral 16 del articulo 62º delCódigo Tributario
dispone que SUNAT deberá efectuar la autorización de
los libros de actas así como los libros o registros
contables vinculados con asuntos tributarios, también
refiere que podrá delegarse en terceros la legalización de
los libros o registros antes mencionados.

CPCC MIGUEL ANGEL CHISCUL PADILLA

Libros y Registros Contables
Legalización de libros y registros
Los librosy registros requiere para su validez que los
mismos sean legalizados. Al respecto el articulo 2º de la
Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT
establece que los libros y registros vinculados a asuntos
tributarios serán legalizados por los notarios o a falta de
estos por los jueces de paz letrados o jueces de paz
cuando corresponda de la provincia en la que se
encuentra ubicado eldomicilio fiscal del deudor tributario.

CPCC MIGUEL ANGEL CHISCUL PADILLA

Libros y Registros Contables
Legalización de libros y registros
Salvo de las provincias de Lima y Callao cuyo caso la
legalización podrá ser efectuada por los notarios o jueces
de cualquiera de dichas provincias.

CPCC MIGUEL ANGEL CHISCUL PADILLA

Libros y Registros Contables
Oportunidad de la legalizaciónNo se establece plazo de legalización, señalándose
únicamente que la oportunidad de la legalización de los
libros y/o registros vinculados a asuntos tributarios debe
ser antes de su uso.
La SUNAT considera que dentro del plazo máximo de
atraso tendría que legalizarse los libros y/o registros
vinculados a asuntos tributarios por cuanto es una
condición previa a la anotación de lasoperaciones.
CPCC MIGUEL ANGEL CHISCUL PADILLA

Datos a consignar en la legalización.
El notario o juez de paz que legalice los libros y/o registros
vinculados a asuntos tributarios debe dejar constancia de
dicha legalización en la primera hoja del libro y/o registro
Con la siguiente información:
- Numero de legalización
- Apellidos y nombres, denominación o razón social
- Numero de RUC
-...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • fuiu

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS