Guarda De Documentación En Cff
Cabe recordar que las obligaciones frente a Hacienda no terminan con la simple presentación de las correspondientes declaraciones y autoliquidaciones, siendo por tantoaconsejable guardar todo aquello que pueda fundamentar nuestras consignas.
Ahora bien, ¿Qué clase de documentos deben conservarse a tales efectos? ¿Hasta cuándo deben guardarse?
Cabe recordar que lasobligaciones frente a Hacienda no terminan con la simple presentación de las correspondientes declaraciones y autoliquidaciones, siendo por tanto aconsejable guardar todo aquello que pueda fundamentarnuestras consignas.
Ahora bien, ¿Qué clase de documentos deben conservarse a tales efectos? ¿Hasta cuándo deben guardarse?
De acuerdo con lo previsto en el apartado segundo del artículo 29 de laLey General Tributaria (en adelante, LGT), los obligados tributarios restan a su vez sometidos a una serie de obligaciones formales frente la SAT. Entre ellas, destaca la obligación de conservardocumentación con trascendencia tributaria a efectos de un eventual requerimiento de información por parte de la administración tributaria. Se trata de dos obligaciones íntimamente relacionadas alconstituir la primera (conservación) un presupuesto básico para el cumplimiento de la segunda (suministro).
De acuerdo con lo previsto en el apartado segundo del artículo 29 de la Ley General Tributaria (enadelante, LGT), los obligados tributarios restan a su vez sometidos a una serie de obligaciones formales frente la SAT. Entre ellas, destaca la obligación de conservar documentación con trascendenciatributaria a efectos de un eventual requerimiento de información por parte de la administración tributaria. Se trata de dos obligaciones íntimamente relacionadas al constituir la primera (conservación)un presupuesto básico para el cumplimiento de la segunda (suministro).
Principales obligaciones
Los obligados tributarios, según sean éstos personas físicas o morales, deberán conservar los...
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