Identificacion de mercader as estampillas
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RESOLUCION GENERAL
Nº: 3105
Año: 2011
Organismo: Administración Federal de Ingresos Públicos
Estado: Vigente
Publicado en B.O.: 16/05/2011
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IDENTIFICACIÓN DE MERCADERÍAS
Se modifica el Régimen deIdentificación de Mercaderías que fuera aprobado por la Resolución Nº 2522/87 ANA. Modificación.
Modifica a:
Res. ANA N° 2522/1987
ADMININSTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General N° 3105/2011
Buenos Aires, 9 de Mayo de 2011.
VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-45-2011 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 2522 (ANA) del 1 de octubre de 1987,sus modificatorias y sus complementarias, reglamentó el régimen de identificación para determinadas mercaderías — nuevas o usadas— de origen extranjero.
Que la citada norma incluyó, entre otros, a los teléfonos móviles celulares como mercadería susceptible de ser identificada con timbres fiscales.
Que en virtud de la experiencia recogida y a efectos de unificar criterios, se estima convenienteadecuar la norma en trato, estableciendo el procedimiento de identificación para los mencionados aparatos electrónicos.
Que, por otra parte, en el Anexo II de la mencionada resolución general se estableció que las cámaras, federaciones, fundaciones y demás entidades de carácter nacional o provincial, que agrupan representativamente a cada sector, se encuentran facultadas para solicitar excepciones,inclusiones o interpretaciones relativas a la obligación de colocar estampillas fiscales a las mercaderías de origen extranjero.
Que, en dicho marco, la Federación Argentina de la Industria Maderera y Afines solicitó incluir en el presente régimen a las mercaderías descriptas como instrumentos musicales de cuerda, asientos y muebles.
Que, del mismo modo y a fin de evitar la competencia desleal,la Fundación Pro Tejer solicitó ampliar el universo de mercaderías a identificar, pertenecientes al rubro textil, así como incorporar los guantes, mitones y manoplas.
Que, por su parte, como consecuencia de los procesos de perfeccionamiento industrial al que son sometidos los anteojos durante su fabricación, se exime a las monturas (armazones) del presente régimen de identificación, siempre quelas mismas sean destinadas como insumos de productos de fabricación nacional.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, susmodificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase la Resolución Nº 2522 (ANA) del 1 de octubre de 1987, sus modificatorias y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustitúyese el Anexo I “R” “Indice Temático”, por el Anexo I “S” que se aprueba y forma parte dela presente.
b) Sustitúyese en el Anexo III “C” “Normas de Carácter Operativo”, punto 2.2, el inciso b), por el siguiente:
“b) La inutilización de los sellos fiscales en lugar de su destrucción, se realizará únicamente cuando por la fragilidad de las mercaderías resulte imposible la remoción sin ocasionar daño de las mismas, de acuerdo con la metodología y supervisión que determine elverificador. Dicho procedimiento no será de aplicación para la mercadería descripta como teléfonos móviles celulares.”
c) Sustitúyese en el Anexo III “C” “Normas de Carácter Operativo”, punto 2.2, el inciso f), por el siguiente:
“f) La dependencia encargada de la destrucción o inutilización comunicará, mediante su publicación en el Boletín de la Dirección General de Aduanas, el color, serie y números...
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