Igv impuesto bruto y base imponible

Páginas: 18 (4395 palabras) Publicado: 23 de julio de 2010
CÁLCULO DEL IGV
ARTÍCULO 11º.- DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO
El Impuesto a pagar se determina mensualmente deduciendo del Impuesto Bruto de cada período el crédito fiscal, determinado de acuerdo a lo previsto en los capítulos V, VI y VII del presente Título.
En la importación de bienes, el Impuesto a pagar es el Impuesto Bruto.
DEL IMPUESTO BRUTO Y LA BASE IMPONIBLE
Artículo 5°.- El Impuesto apagar se determina mensualmente deduciendo del Impuesto Bruto de cada período el crédito fiscal correspondiente; salvo los casos de la utilización de servicios en el país prestados por sujetos no domiciliados y de la importación de bienes, en los cuales el Impuesto a pagar es el Impuesto Bruto.
(Párrafo incluido por el artículo 15° del Decreto Supremo N° 64-2000-EF, publicado el 30.06.2000,vigente desde el 30.06.2000).
(Ver el inciso c) de la Tercera Disposición Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 064-2000-EF publicada el 30.06.2000, vigente desde el 30.06.2000, según el cual el primer párrafo del artículo 5° tiene carácter interpretativo).
La determinación de impuesto bruto y la base imponible del Impuesto, se regirán por las siguientes normas:
1. Accesoriedad
En la venta debienes, prestación de servicios o contratos de construcción, exonerados o inafectos, no se encuentra gravada la entrega de bienes o la prestación de servicios afectos siempre que formen parte del valor consignado en el comprobante de pago emitido por el propio sujeto y sean necesarios para realizar la operación de venta del bien, servicio prestado o contrato de construcción.
En la venta debienes, prestación de servicios o contratos de construcción gravados, formará parte de la base imponible la entrega de bienes o la prestación de servicios no gravados, siempre que formen parte del valor consignado en el comprobante de pago emitido por el propio sujeto y sean necesarios para realizar la venta del bien, el servicio prestado o el contrato de construcción.
Lo dispuesto en el primerpárrafo del presente numeral será aplicable siempre que la entrega de bienes o prestación de servicios:
a. Corresponda a prácticas usuales en el mercado;
b. Se otorgue con carácter general en todos los casos en los que concurran iguales condiciones;
c. No constituya retiro de bienes; o,
d. Conste en el comprobante de pago o en la nota de crédito respectiva.
(Último párrafo del presentenumeral sustituido por el artículo 16° del Decreto Supremo Nº 64-2000-EF, publicado el 30.06.2000, vigente desde el 01.07.2000).
2. Base imponible cuando no existe comprobante de pago
En caso de no existir comprobante de pago que exprese su importe, se presumirá salvo prueba en contrario, que la base imponible es igual al valor de mercado del bien, servicio o contrato de construcción.
3. Baseimponible cuando no esté determinado el precio
Tratándose de permuta y de cualquier operación de venta de bienes muebles o inmuebles, prestación de servicios o contratos de construcción, cuyo precio no esté determinado, la base imponible será fijada de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 10º.
(Numeral sustituido por el artículo 17° del Decreto Supremo N° 64-2000-EF, publicado el30.06.2000, vigente desde el 30.06.2000).
4. Permuta
a) En el caso de permuta de bienes muebles o inmuebles se considerará que cada parte tiene carácter de vendedor. La base imponible de cada venta afecta estará constituida por el valor de venta de los bienes comprendidos en ella de acuerdo a lo establecido en el numeral 3 del presente artículo.
b) Lo dispuesto en el inciso anterior es deaplicación en caso de permuta de servicios y de contratos de construcción.
c) Tratándose de operaciones comerciales en las que se intercambien servicios afectos por bienes muebles, inmuebles o contratos de construcción, se tendrá como base imponible del servicio el valor de venta que corresponda a los bienes transferidos o el valor de construcción; salvo que el valor de mercado de los servicios sea...
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