Impuesto a tierras Rurales
A partir del año 2010 es obligación del SRI recaudar dicho tributo.
Se reforma la Ley incluido en el Código de la Producción publicado en
Suplemento Registro Oficial 351 del 29-dic-2010.
Art. 180 Ley de Equidad Tributaria
Art. 173 y 174 Ley de Equidad Tributaria
Tierras Rurales similares a la Amazonia
Los cantones de San Miguel de los Bancos, Pedro VicenteMaldonado y Puerto
Quito, noroccidente de Pichincha tendrán la misma exoneración estipulada para
las tierras rurales ubicadas en el sector de la Amazonia (70 hectáreas) por tener
características similares a las de la Amazonía.
Si son tierras con condiciones topográficas y geológicas, iguales a la de la región
Amazónica, se encuentren en cualquier sitio del país, pagarán el impuesto a partir
de las71 hectáreas, y no desde las 26 hectáreas, que regía según la Reforma
Tributaria .de 2008.
Resolución 1394 RO. 750 20-07-2013
Art. 177 Ley de Equidad Tributaria
Resolución No. NAC-DGERCGC09-00709 y publicada en el R.O. S No.
58 del 30 de octubre 2009
Art. 181 Ley de Equidad Tributaria
Art. 180 Ley de Equidad Tributaria
Art. 180 Ley de Equidad Tributaria
Impuesto a las TierrasRurales
EXENTOS
Los inmuebles ubicados en áreas de protección o reserva ecológica
públicas o privadas, registradas en el Organismo Público
Correspondiente.
Los inmuebles de las comunas, pueblos indígenas, cooperativas,
uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas y demás
asociaciones de campesinos y pequeños agricultores, legalmente
reconocidas.
Territorios que se encuentren en la categoría dePatrimonio de Áreas
Naturales del Ecuador (PANE) Áreas Protegidas de régimen
provincial o cantonal, bosques privados y tierras comunitarias.
Art. 180 Ley de Equidad Tributaria
Impuesto a las Tierras Rurales
EXENTOS
Humedales y bosques naturales debidamente calificados por la
autoridad ambiental.
Los inmuebles de propiedad del Estado y demás entidades que
conforman el sector público.
Losinmuebles de propiedad de Universidades o Centros de
Educación Superior reconocidos por la, excepto las particulares
autofinanciadas, en la parte que destinen para investigación o
educación agropecuaria.
Art. 180 Ley de Equidad Tributaria
Procedimiento para Obtener Exoneraciones
Para obtener la certificación en el Ministerio
del Ambiente se tomará en cuenta lo
siguiente:
1.- Las personas naturales,sucesiones indivisas y sociedades que sean propietarios o
posesionarios de inmuebles rurales; deberán inscribir sus predios en el Registro
Forestal.
2.- Los beneficiarios del Programa Socio Bosque no requieren inscripción en
el Registro Forestal, sin embargo, para efectos de obtener la certificación
deberán presentar:
a) Original o copia certificada del convenio; y,
b) Certificación originalemitida por el Programa Socio Bosque de
encontrarse al día en las obligaciones contenidas en el convenio suscrito.
Una vez presentados los documentos en la Dirección Provincial del MAE, esta
deberá emitir la certificación correspondiente. La base de datos y la
información referente a los predios de los socios del Programa socio Bosque
deberán registrarse en el Sistema de Administración Forestal.Acuerdo 069 del Ministerio del Ambiente RO. 351 29-12-2010
Procedimiento para Obtener Exoneraciones
3.- Para bosque y vegetación protector declarado por oficio deberán
inscribirse en el Registro Forestal. Para esto los interesados deberán
presentar la georeferenciación del predio, en el caso de incertidumbre, la
dirección Provincial competente del Ministerio del Ambiente realizará una
inspección alpredio.
4.- Para bosque y vegetación protector declarado a petición de parte, deberán
remitir copia del Acuerdo mediante el cual se declaró dicho bosque y
vegetación protector, una vez presentado, la Dirección respectiva deberá
emitir la certificación correspondiente del área del predio con categoría de
Bosque Protector.
5.- Para Áreas Protegidas (PANE) se otorgará el certificado a las...
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