Inafectaciones y Exoneraciones del Impuesto a la Renta
INAFECTACIONES
No son sujetos del impuesto:
El Sector Público, excepto las empresas que conforman la Actividad Empresarial del Estado.
Las Fundaciones legalmente establecidas y que acrediten sus fines y sean: la cultura, investigación superior, beneficencia, asistencia social y hospitalaria y beneficios sociales para los servidores delas empresas.
Las entidades de auxilio mutuo.
Las Comunidades indígenas.
Las Comunidades Nativas.
Están inafectos al impuesto los siguientes ingresos:
Las indemnizaciones previstas porlas disposiciones laborales.
Las indemnizaciones que se reciban por causa de muerte, o incapacidad producidas por accidentes o enfermedades originados el régimen de la seguridad social, contrato deseguro, o en sentencia judicial.
Las compensaciones por tiempo de servicios previstas por las disposiciones laborales vigentes.
Las rentas vitalicias y las pensiones que tengan su origen en eltrabajo personal, tales como jubilación, montepío e invalidez.
Los subsidios por incapacidad temporal, maternidad y lactancia.
Las rentas y ganancias que generen los activos, que respaldan lasreservas técnicas de las compañías de seguros de vida constituidas o establecidas en el país, para pensiones de jubilación, invalidez y sobrevivencia de las rentas vitalicias provenientes del SistemaPrivado de Administración de Fondo de Pensiones, constituidas de acuerdo a ley.
Los márgenes y retornos exigidos por las Cámaras de Compensación y Liquidación de Instrumentos Financieros Derivadoscon el objeto de nivelar las posiciones financieras en el Contrato.
Los intereses y ganancias de capital provenientes de bonos emitidos por la República del Perú, así como los intereses y gananciasde capital provenientes de certificados de depósito del Banco Central de Reserva del Perú, utilizados con fines de regulación monetaria.
EXONERACIONES
Están exonerados del impuesto a la renta hasta...
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