INFORME DE SUSTENTACION CIVIL Y PENAL PARA OBTENER EL TITULO Docx
UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
OBTENCIÓN DEL TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADO POR LA MODALIDAD DE SUSTENTACIÓN ORAL DE EXPEDIENTES JUDICIALES.
INFORME DE LOS EXPEDIENTES JUDICIALES CIVIL (EXP. N° 115-2001 – MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD) Y PENAL (EXP. N° 00020-2001 – FALSADECLARACIÓN EN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO)
BACHILLER: JENNIFER MILAGROS TRUJILLO PACAYA
PUCALLPA – PERÚ
2011
DEDICATORIA
Dedico este trabajo a una mujer virtuosa y luchadora, que no necesito el apoyo de un hombre para sacar adelante a sus hijos ( mi hermano y yo); y con sus sabios consejos me dirigió por el camino correcto, mi Madre Olga Pacaya Ricopa.AGRADECIMIENTO
A una mujer luchadora, que a pesar de las dificultades de la vida, siguió adelante, que me ayudo con sus sabios conocimientos, Juana Elisa Velásquez Ramírez
EXPEDIENTE CIVIL:
DEMANDA DE MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD, RESTITUCIÓN DE LA POSESION, DEMOLICIÓN DE CONSTRUCCIÓN LEVANTADA DE MALA FE e INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS.RESUMEN DE LA ETAPA POSTULATORIA
I. DEMANDA DE MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD, RESTITUCIÓN DE POSESION, DEMOLICIÓN DE CONTRUCCIONES LEVANTADAS DE MALA FE E INDEMNIZACIÓN.
I.1. FUNDAMENTOS DE HECHO
Ángel Onofre Bartra Gómez, interpone demanda acumulativa objetiva originaria y accesoria, a fin que se declare su mejor derecho de propiedad constituido por los aires del inmueble ubicado en el 07de junio N° 559 de esta ciudad de Pucallpa, asimismo, que se restituya accesoriamente la posesión y se ordene a los demandados la demolición de las construcciones levantadas de mala fe sobre el inmueble de su propiedad, mas el pago de la correspondiente indemnización, más los costos y costas del proceso, fundamentando su demanda en su condición de propietario del inmueble materia de litis,señalando que el predio originalmente perteneció a la sociedad conyugal conformada por su persona y su ex cónyuge; y que al haberse disuelto el vinculo matrimonial y aprobado judicialmente el fenecimiento de las mismas se ha adjudicado en exclusiva propiedad los aires materia del presente proceso, pero que, no se ha formalizado mediante escritura pública la partición de la gananciales, amparando lalegitimidad activa para proponer la demanda en el Art. 979° del Código Civil, que prescribe que cualquier co propietario puede reivindicar el bien común; siendo el caso, que por escritura pública de fecha 27 de junio de 1964, el recurrente y su ex cónyuge, adquirieron el inmueble, lote N° 02, manzana N° 052 del plano regulador de Pucallpa, en el que construyeron un edificio de material noble compuestopor un pasadizo central de cuatro tiendas, existiendo al costado del pasadizo una escalera que conducía al segundo piso, reservado para la construcción de una futura segunda planta, conforme aparece de la declaratoria de fabrica, luego las tiendas del primer piso fueron independizadas por escritura pública, subdivisión que se efectuó según la cláusula séptima bajo el sistema de propiedad horizontalhasta la altura de 4.37 metros, posteriormente el 29 de mayo de 1990 mediante escritura pública, se declaró que la propiedad edificada con las numeraciones 559, 571, 573, 569 y 571, constituyen propiedad horizontal, siendo que el recurrente y su ex cónyuge, procedieron a vender el lote con la numeración 559, mediante escritura pública de compra venta, a favor de los demandados Menciolo Soto Alejoy esposa Teresa Rivera Ostos de Soto, venta que se realizo ad corpus, sin reserva ni limitación, salvo la limitación materia de la loza en la cual terminan los derechos del inmueble; sin embargo los demandados en forma ilegal de mala fe y contraviniendo todas las disposiciones contractuales y legales, han ocupado los aires del inmueble que se les vendió, abriendo para ello un forado en la loza...
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