Inginiero
Artículo 46. I. Toda persona tiene derecho:
1. Al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y
salud ocupacional, sin discriminación, y con remune-
ración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que le
asegure para sí y su familia una existencia digna.
2. A una fuente laboral estable, en condiciones equitati-
vas y satisfactorias.
II. El Estado protegerá el ejercicio del trabajo en todas sus formas.
III. Se prohíbe toda forma de trabajo forzoso u otro modo
análogo de explotación que obligue a una persona a reali-
zar labores sin su consentimiento y justa retribución.
Artículo 47. I.Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o a cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo.
II. Las trabajadoras y los trabajadores de pequeñas unida-
des productivas urbanas o rurales, por cuenta propia, y
gremialistas en general, gozarán por parte del Estado de
un régimen de protecciónespecial, mediante una política
de intercambio comercial equitativo y de precios justos
para sus productos, así como la asignación preferente de
recursos económicos financieros para incentivar su pro-
ducción.
III. El Estado protegerá, fomentará y fortalecerá las formas co-
munitarias de producción.
Artículo 48. I. Lasdisposiciones sociales y laborales son de
cumplimiento obligatorio.
II. Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los
principios de protección de las trabajadoras y de los traba-
jadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de
primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad
laboral; de no discriminación y de inversiónde la prueba a
favor de la trabajadora y del trabajador.
III. Los derechos y beneficios reconocidos en favor de las trabaja-
doras y los trabajadores no pueden renunciarse, y son nulas las
convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos.
IV. Los salarios o sueldos devengados, derechos laborales, be-
neficios sociales y aportes a laseguridad social no pagados
tienen privilegio y preferencia sobre cualquier otra acreen-
cia, y son inembargables e imprescriptibles.
V. El Estado promoverá la incorporación de las mujeres al
trabajo y garantizará la misma remuneración que a los
hombres por un trabajo de igual valor, tanto en el ámbito
público como en el privado.
VI. Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por
su estado civil, situación de embarazo, edad, rasgos físicos o
número de hijas o hijos. Se garantiza la inamovilidad laboral
de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenito-
res, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad.
VII. El Estado garantizará la incorporación de lasjóvenes y los jóvenes en
el sistema productivo, de acuerdo con su capacitación y formación.
Artículo 49. I. Se reconoce el derecho a la negociación colectiva.
II. La ley regulará las relaciones laborales relativas a contratos y
convenios colectivos; salarios mínimos generales, sectoriales e
incrementos salariales; reincorporación; descansos remunera- dos y feriados; cómputo de antigüedad, jornada laboral, horas
extra, recargo nocturno, dominicales; aguinaldos, bonos, primas
u otros sistemas de participación en las utilidades de la empre-
sa; indemnizaciones y desahucios; maternidad laboral; capacita-
ción y formación profesional, y otros derechos sociales.
III. El Estado protegerá la...
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