Iniciativa Que Adiciona Una Fracción Vii Bis Al Artículo 107 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
La iniciativa que a continuación se comenta constituye, sin duda, una de lasmás trascendentes en materia de amparo fiscal de los últimos años, dado que con dicha iniciativa se pretende modificar la porción normativa de un precepto constitucional que no ha sido reformado enlos últimos 150 años.
Sin embargo, desde mi punto de vista, lo realmente relevante de la referida iniciativa no lo constituye, en modo alguno, la antigüedad en que ha permanecido ileso el artículo 107constitucional; sino lo verdaderamente importante de esta iniciativa, tiene que ver con lo que en ésta se propone, genera temor en todos los que contribuyen al gasto público de esta nación y que, poralguna razón, se ven en la necesidad de pedir el amparo en contra de un impuesto inconstitucional.
En efecto, las cuestiones que se abordan y proponen en la iniciativa de reforma que adiciona unafracción VII Bis al artículo 107 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, y que a la letra dice:
“Los juicios de amparo que se promuevan contra leyes en materia fiscal, tendránefectos generales cuando se tramitan de manera colectiva o cuando por su importancia y trascendencia así lo ameriten, en los términos y condiciones que señale la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y107 de esta Constitución.
Estos juicios serán resueltos en única instancia por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Las sentencias que se emitan en los juicios de amparo a que serefiere esta fracción tendrán efectos generales. Éstas deberán ser aprobadas por cuando menos ocho votos para declarar la inconstitucionalidad de una ley en materia fiscal y, en caso de no lograrse talvotación, se desestimarán los argumentos materia del juicio y no podrán ser revisados sino por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los casos y plazos que determine la ley.
La...
Regístrate para leer el documento completo.