Instrucciones De Artigas
Primeramente pedirá ladeclaración de la independencia absoluta de estas colonias, que ellas están absueltas de toda obligación de fidelidad a la corona de España, y familia de los Borbones, y que toda conexión política entreellas y el Estado de España, es, y debe ser totalmente disuelta.
Artículo II: No admitirá otro sistema que el de Confederación para el pacto recíproco con las provincias que formen nuestro estado.Artículo III: Promoverá la libertad civil y religiosa en toda su extensión imaginable.
Artículo IV: Como el objeto y fin del gobierno debe ser conservar la igualdad, libertad y seguridad de losciudadanos y de los pueblos, cada provincia formará su gobierno bajo esas bases, a más del Gobierno Supremo de la Nación.
Artículo V: Así éste como aquél se dividirá en poder legislativo, ejecutivo yjudicial.
Artículo VI: Estos tres resortes jamás podrán estar unidos entre sí, y serán independientes en sus facultades.
Artículo VII: El Gobierno Supremo entenderá solamente en los negocios generalesdel Estado. El resto es peculiar al gobierno de cada provincia.
Artículo VIII: El territorio que ocupan estos pueblos de la costa oriental del Uruguay hasta la fortaleza de Santa Teresa, forma unasola provincia, denominada: La Provincia Oriental.
Artículo IX: Que los siete pueblos de Misiones, los de Batoví, San Rafael y Tacuarembó, que hoy ocupan injustamente los portugueses, y a su tiempodeben reclamarse, serán en todo tiempo territorio de esta provincia.
Artículo X: Que esta provincia por la presente entre separadamente en una firme liga de amistad con cada una de las otras, para sudefensa común, seguridad de su libertad, y para su mutua y general felicidad, obligándose a asistir a cada una de las otras contra toda violencia o ataques hechos sobre ellas, o sobre alguna de ellas,...
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