Interes Asegurable
Es el objeto del contrato deseguro, legitima el contrato e impide que el mismo se degenere en apuesta o en juego. Debe existir un interés en que el riesgo no se produzca, porque si a las partes no les importa la suerte del objeto,entonces estamos en el campo de los juegos de azar. Tiene que existir un cierto interés en la contratación del seguro por cuanto su contratación responde a una necesidad.
El interés asegurable tienelas siguientes características:
a. El interés asegurable debe existir
Quien asegura debe tener interés en la cosa asegurada al tiempo del seguro. Si se establece
El titular del interés puedeser el dueño del bien, un acreedor prendario o hipotecario, el depositario. Por ejemplo, sobre una casa pueden recaer varios seguros que responden a distintos intereses asegurables. Puede asegurarlael dueño y puede asegurarla el acreedor hipotecario; los dos tienen interés en la conservación del bien.
Transmisión del interés entre vivos: Si se vende una cosa a la que está vinculado el seguro,se le debe dar aviso a la aseguradora dentro de los diez días siguientes a la ocurrencia o dará lugar a la extinción del seguro y el nuevo quiere seguir con el seguro y la aseguradora conscientegenérica o tácitamente, el seguro continúa a favor del viejo dueño por la parte que hubiese conservado en la cosa asegurada, en la medida necesaria para proteger el interés asegurable. Art 1107 c de co.Transmisión por causa de muerte, 1106 c de co. Si se transmitiere por causa de muerte el interés asegurado o la cosa a las que está vinculada el seguro,el contrato subsistirá en el adquirente a...
Regístrate para leer el documento completo.