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En efecto, las Constituciones (en Uruguay y en todos lospaíses) regulan el Estado, el Gobierno, los Partidos Políticos, la libertad de comunicación de pensamientos (o sea que refieren a los medios de comunicación), que son también temas principales de laCiencia
Política.
b) La diferencia esencial, entre ambas disciplinas consiste en que mientras el Derecho regula normativamente esos temas, o sea dice como “deben ser”, la Ciencia Política los analizaen su funcionamiento real, o sea como “son”.
Demos un ejemplo entretenido de esto, aunque más adelante será mejor comprendido:
Una de las maneras de clasificar a los gobiernos es distinguiendo losgobiernos parlamentarios de los gobiernos presidenciales:
· En los sistemas parlamentarios existe la censura política del parlamento (Poder Legislativo) a los Ministros (miembros del PoderEjecutivo) y si el Jefe de Estado (Rey o Presidente) no quiere que los Ministros censurados se vayan, puede disolver las Cámaras del Parlamento llamando a elecciones anticipadas de legisladores;
·en los sistemas presidenciales no existe ni la censura a los Ministros ni las elecciones anticipadas.
Pues bien: en Uruguay están previstas en la Constitución la censura a los Ministros y elllamado a elecciones anticipadas de Senadores y Diputados. Por lo tanto, nuestra Constitución prevé un sistema parlamentario de gobierno. Pero ocurre que en nuestro país solo hubo una censura a unMinistro (hace más de 50 años) y nunca se produjo una elección anticipada. Por eso los politólogos dicen – también con razón – que el sistema uruguayo es “presidencial” y no “parlamentario”.
Ocurre que elDerecho analiza el “deber ser” de las normas y la Ciencia Política estudia el “ser” de la realidad.
Desde luego que ambas disciplinas, en la práctica, no funcionan tan “separadas” como lo hemos...
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