jurisprudencia sociedad conyugal cuando no existe bien dentro del matrimonio
Época: Séptima Época
Registro: 241338
Instancia:Tercera Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Volumen 85, Cuarta Parte
Materia(s): Civil
Tesis:
Página: 62
SOCIEDAD CONYUGAL. BIENES PROPIOS ANTERIORES ALMATRIMONIO. NO SE INCLUYEN, SALVO PACTO EN CONTRARIO (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
El artículo 172 del Código Civil para el Estado de Veracruz, establece: "La sociedad conyugal nace alcelebrarse el matrimonio o durante él. Puede comprender no sólo los bienes de que sean dueños los esposos al formarla, sino también los bienes futuros que adquieran los consortes". Esta disposición,adminiculada al artículo 177 del mismo código, que dispone en lo conducente que las capitulaciones matrimoniales deben contener "la lista detallada de los bienes inmuebles que cada consorte lleva a lasociedad", "la lista especificada de los bienes muebles que cada consorte introduzca a la sociedad", "la declaración expresa de si la sociedad conyugal ha de comprender todos los bienes de cada consorteo sólo parte de ellos, precisando en este último caso cuáles son los bienes que hayan de entrar en la sociedad", lleva a concluir que es potestativo de los cónyuges aportar a la sociedad conyugal losbienes adquiridos antes de la celebración del matrimonio. Es decir, que salvo pacto en contrario, los bienes propios de cada uno de los cónyuges, que tenían antes de contraer matrimonio, continúanperteneciéndoles de manera exclusiva, a pesar de que el matrimonio se haya celebrado bajo régimen de sociedad conyugal, pues las aportaciones, al implicar traslación de dominio, deben ser expresas. Elmismo criterio tiene aplicación cuando en las capitulaciones matrimoniales no existe pacto de los consortes en relación a los bienes adquiridos con anterioridad a la sociedad conyugal, pues el...
Regístrate para leer el documento completo.