jurisprudencia

Páginas: 71 (17691 palabras) Publicado: 21 de febrero de 2014

Corte Suprema de Justicia Sala Civil, Sentencia 20001310300520050002501, 11/5/2013)
Para distinguir entre la obligación de medio y la de resultado en la actividad médica, se debe establecer si con la conducta debida se realiza el interés primario del acreedor, es decir, que este efectivamente obtenga el resultado útil o la finalidad práctica que espera lograr. Así lo recordó la Sala Civil dela Corte Suprema de Justicia al aclarar que, en principio, los médicos se obligan a realizar su actividad con la debida diligencia tendiente a obtener el cometido perseguido, sin quedar vinculados al logro efectivo del mismo. Sin embargo, en algunos casos, como la cirugía estética, el galeno adquiere voluntariamente el compromiso de lograr un fin determinado, lo que tipifica su obligación como deresultado, destacó la corporación. El magistrado Ariel Salazar aclaró el voto y afirmó que el significado de una relación contractual siempre se establece por la intención de las partes (M. P. Arturo Solarte).




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL


Magistrado Ponente
ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ

Bogotá D.C., cinco (5) de noviembre de dos mil trece (2013).-
(discutido yaprobado en Sala de 5 de marzo de 2013).

Ref.: 20001-3103-005-2005-00025-01

Procede la Corte a decidir el recurso de casación que la demandante, señora STELLA OVALLE GONT, interpuso respecto de la sentencia proferida el 23 de septiembre de 2009 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, Sala Civil - Familia - Laboral, dentro del proceso ordinario que ella adelantó en contradel señor VÍCTOR HUGO CARRILLO GARCÍA.


ANTECEDENTES

1. En el escrito con el que se promovió la presente controversia, obrante del folio 1 al 11 del cuaderno principal, se solicitó, en síntesis, que se declarara la responsabilidad civil del demandado “por la totalidad de los daños y perjuicios (patrimoniales y extrapatrimoniales) ocasionados a la demandante (…), con motivo de las lesionespor ella sufrida[s] a consecuencia de la deficiente atención médica y quirúrgica” recibida en la cirugía que el 11 de septiembre de 2002 aquél le practicó, la que “tenía una finalidad embellecedora y estética”, toda vez que la paciente, con posterioridad a dicha intervención, presentó “una parálisis facial periférica, un neuroma doloroso y un [s]índrome de [o]jo [s]eco, ocasionados por lesionestraumáticas de ramas motoras y sensitivas de la inervación de la cara, que comprometen específicamente a ramas del [n]ervio [f]acial y [a]uricular [m]ayor” y porque el médico no obtuvo el resultado al que se comprometió con aquélla.

Adicionalmente, la gestora del litigio pidió que se condenara al accionado a pagarle, “a título de indemnización por el daño ocasionado, los perjuicios de ordenmaterial, en su doble concepto de daño emergente y lucro cesante”, y “de orden inmaterial, los perjuicios morales, sicológicos, estéticos y fisiológicos o de vida de relación”, con la correspondiente actualización monetaria causada hasta cuando se satisfaga dicha acreencia.

2. Las precedentes súplicas se sustentaron en los hechos que seguidamente se compendian.

2.1. En virtud del contrato deprestación de servicios profesionales celebrado por las partes el 13 de junio de 2002, el demandado “se obligó a practicar a la señora ESTELLA OVALLE GONT dos intervenciones quirúrgicas de carácter estético, denominadas por él mismo como Levantamiento Facial y Abdominoplastia, prometiendo lograr con el primer procedimiento, el rejuvenecimiento de los tejidos de [su] cara (…) y, con la realización delsegundo, (…) retirar el tejido graso sobrante para contornearle el torso”.

2.2. El doctor Carrillo García, no obstante anunciarse en la papelería que utiliza como “médico estético”, especialidad de la medicina que no existe en Colombia, no indica el número de registro médico que lo acredita como tal.

2.3. En relación con la intervención inicialmente mencionada, el propio demandado, para...
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