Jurisprudencia

Páginas: 7 (1592 palabras) Publicado: 12 de noviembre de 2012
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL


Magistrado Ponente
EDGARDO VILLAMIL PORTILLA



Bogotá D.C., treinta de junio de dos mil cinco





Ref. : Exp. No. 761112213000200500192-01




Se resuelve sobre la impugnación formulada contra el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, Sala Civil Familia, el 17 de mayo de 2005, que nególa tutela promovida por Juan Carlos Torres Hurtado en su propio nombre y como representante legal de la Sociedad Ciudadela Nueva Buenaventura contra el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Buenaventura, a la que se vinculó oficiosamente a Mauricio Jaramillo Angel.



ANTECEDENTES



1. Juan Carlos Torres Hurtado, obrando en la calidad antes dicha, suplicó el amparo del derechofundamental al debido proceso que estimó vulnerado por el juzgado accionado en el trámite del proceso ejecutivo singular instaurado por Mauricio Jaramillo Angel contra la Sociedad Ciudadela Nueva Buenaventura Ltda. Solicitó la declaración de ilegalidad del proceso a partir del auto de 2 de febrero de 2001 que ordenó la reactivación del proceso, y en consecuencia, de la sentencia dictada el 10 de juliode 2001.


2. El demandante se apoyó en los fundamentos fácticos que así se compendian:


2.1.- Manifestó que ante el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Buenaventura, Mauricio Jaramillo Angel adelantó proceso ejecutivo singular contra la sociedad Ciudadela Nueva Buenaventura, a fin de obtener el pago del cheque número 613618 del Banco Nacional del Comercio, Sucursal Buenaventura,de fecha 17 de septiembre de 1998, por valor de $150’000.000.oo.


2.2.- Agregó que en la audiencia de conciliación se firmó acta de acuerdo, que fue aprobada por el juzgado, en la que las partes convinieron en suspender el proceso, que el crédito tenía un valor de $170’000.000.oo, con intereses del 7% anual más el índice de inflación señalado por el Gobierno Nacional, a partir del 1º deoctubre de 2000, que la deuda sería pagada en mensualidades vencidas en un término de 5 años, que las medidas cautelares continuarían vigentes, y además, que en el evento de incumplirse ese acuerdo, se reanudaría el proceso. El demandado, en virtud del arreglo renunció a las excepciones propuestas en la contestación de la demanda.


2.3.- Señaló que el demandante en el ejecutivo, el 2 defebrero de 2001 solicitó al juez la reactivación del proceso por incumplimiento del acuerdo de pago por parte de la sociedad demandada, petición acogida por el accionado mediante auto en el que dispuso la reanudación del proceso y la continuación de su trámite correspondiente.

2.4.- El 10 de julio de 2001 el juez accionado dictó sentencia en la que decretó el avalúo y remate de los bienes embargadosy de los que posteriormente se embarguen, y ordenó practicar la liquidación del crédito. Como dicha liquidación no fue presentada por el ejecutante, el despacho procedió a efectuarla mediante auto de 1º de octubre de 2001, a la que le impartió aprobación el 16 de octubre siguiente, procediendo durante cuatro años, de conformidad con esa liquidación, a realizar secuestros y remates de los bienesembargados.

2.5.- Manifestó el promotor de la tutela que el 8 de febrero de 2005, su apoderado, mediante incidente, solicitó que se declarara la ilegalidad del proceso a partir de la providencia del 1º de octubre de 2001 y la de 16 de octubre siguiente, por vulneración del derecho al debido proceso, por desconocimiento de lo pactado por las partes en la audiencia de conciliación, peticiónacogida por el juzgado pero solamente en lo relacionado con la liquidación del crédito y del auto que la aprobó.

2.6.- Consideró el demandante que el despacho accionado al ordenar reactivar el proceso y dictar sentencia posteriormente, vulneró el derecho al debido proceso por cuanto desconoció lo acordado en la audiencia de conciliación, cuando se pactó un plazo de cinco años para el pago de la...
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