Jurisprudencias

Páginas: 7 (1667 palabras) Publicado: 18 de agosto de 2011
Registro No. 186648Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XVI, Julio de 2002
Página: 1262
Tesis: I.9o.C.81 C
Tesis Aislada
Materia(s): CivilCITATORIO. LA OMISIÓN DE DEJARLO PREVIAMENTE AL EMPLAZAMIENTO Y REQUERIMIENTO DE PAGO, NO PRODUCE LA NULIDAD DE LA DILIGENCIA RESPECTIVA, EN EL CASO DE NOTRABARSE EMBARGO.Aun cuando se dicte auto dentro de un juicio de controversia de arrendamiento en el que se ordene al actuario emplazar al demandado y requerirlo para que acredite estar al corriente en el pago de las rentas reclamadas y, en caso de no hacerlo, se le embarguen bienes suficientes para garantizar el reclamo de las prestaciones deducidas, ello no conlleva a estimar viciada la diligenciarespectiva si el actuario omitió dejar previamente el citatorio exigido como formalidad previa a la diligencia por el artículo 116 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, si del análisis de esa actuación se advierte que únicamente se llevó a cabo el emplazamiento y requerimiento de pago, mas no el embargo de bienes.

NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMERCIRCUITO.Amparo en revisión 2719/2001. María del Rosario Félix Domínguez. 20 de septiembre de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Indalfer Infante Gonzales. Secretario: Marco Antonio Guzmán González. |
 

Registro No. 188065
Localización:
Novena Época
Instancia: Primera Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XIV, Diciembre de 2001
Página: 182
Tesis: 1a./J. 105/2001Jurisprudencia
Materia(s): Civil
TÍTULOS DE CRÉDITO. EL PACTO DE INTERESES CONFORME AL FACTOR DENOMINADO COSTO PORCENTUAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN, PUBLICADO PERIÓDICAMENTE POR EL BANCO DE MÉXICO, NO INFRINGE EL PRINCIPIO DE LITERALIDAD ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5o. DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO, POR REMITIR A FUENTES AJENAS AL PROPIO DOCUMENTO.
Esta Primera Sala de laSuprema Corte de Justicia de la Nación, el veintidós de noviembre de dos mil, al resolver por unanimidad de cuatro votos la contradicción de tesis 110/98-PS, entre las sustentadas por el Tercer y Quinto Tribunales Colegiados en Materia Civil del Primer Circuito, en donde sustentó la tesis de rubro: "PAGARÉ. INTERESES MORATORIOS PACTADOS CONFORME AL CPP. BASTA LA INSERCIÓN DE ESTAS SIGLAS PARA QUE SEENTIENDA QUE AQUÉLLOS FUERON ESTIPULADOS DE ACUERDO AL INDICADOR ECONÓMICO DENOMINADO COSTO PORCENTUAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN.", ya se pronunció en cuanto a la legalidad de los intereses pactados conforme al factor económico de referencia, determinándose en dicha ejecutoria: a) Que conforme a lo dispuesto por el artículo 174 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, los intereses que debecomprender el importe del pagaré, se calculan, entre otros, conforme al tipo estipulado para ellos en el pagaré; b) Que el principio de literalidad establecido en el artículo 5o. de la ley en cuestión, consiste en que los títulos de crédito sean constitutivos del derecho que en ellos se consigna; c) Que conforme a lo dispuesto por el artículo 2o. del mismo ordenamiento legal, los títulos decrédito, se encuentran regulados, entre otros ordenamientos, por los usos bancarios y mercantiles; d) Que los artículos 2o., fracción III de la ley en cuestión y 6o., fracción II, de la Ley de Instituciones de Crédito, autorizan como un uso bancario y mercantil el costo porcentual promedio como un factor para que las instituciones de crédito fijen las tasas de intereses bancarios; e) Que si en un títulode crédito se pactan intereses conforme el costo porcentual promedio, cabe suponer que el deudor conocía el significado de dicho factor y consintió la aplicación del mismo al suscribir el título de crédito; y, f) Que cuando en un pagaré se pactan intereses conforme a las siglas CPP, basta la inserción de las mismas para que se entienda que aquéllas fueron estipuladas de acuerdo al indicador...
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