justificacion del derecho
Latu sensu (en sentido amplio): agrupación de personas que persigue un propósito común.
Art. 1832 Código Civil Dom. : La sociedad es uncontrato por el cual dos o más personas convienen poner cualquier cosa en común, con el mero objeto de partir el beneficio que pueda resultar de ello.
Nota: aquellas otras agrupaciones cuyos propósitosson distintos, (recreativos, deportivos, culturales, etc.), se denominaran asociaciones.
Sociedad contrato: contrato que liga a los socios.
Sociedad persona: entidad autónoma que liga a lossocios.
CLACIFICACION DE LAS SOCIEDADES
Art. 1835.- Las sociedades son universales o particulares.
Art. 1836.- Se distinguen dos clases de sociedades universales; la sociedad de todos los bienespresentes, y la sociedad universal de ganancias.
Art. 1841.- La sociedad particular es aquella que no se aplica sino a cosas determinadas, o a su uso, o a los frutos que las mismas pueden producir.
Lassociedades comerciales pertenecen a las sociedades particulares.
SOCIEDADES PARTICULARES
Las sociedades particulares son civiles o comerciales.
La naturaleza comercial o civil de una sociedad,depende del objeto al cual dedica sus actividades.
Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08: Artículo 2.Habrá sociedad comercial cuandodos o más personas físicas o jurídicas se obliguen a aportar bienes con el objeto de realizar actos de comercio o explotar una actividad comercial organizada, a fin de participar en las ganancias ysoportar las pérdidas que produzcan.
INTERES DE LA DISTINCION
Las Sociedades comerciales están sometidas, para su constitución, a una reglamentación especial a la cual escapan las civiles.
Losconflictos de estas se conocen en tribunales especiales y deben ser juzgadas comercialmente.
Las Sociedades comerciales son personas morales o jurídicas.
Las Sociedades comerciales se rigen: por...
Regístrate para leer el documento completo.