La convenci n para la preservaci n de la diversidad
1. LEY DE EXCEPCIONALIDAD CULTURAL, RONDAS DE URUGUAY (OMC).
En 1986, se dio inicio en Punta del Este, Uruguay a la octava reunión entre los países miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC), con el fin de negociar políticas arancelarias y la liberalización de los mercados a nivel mundial, denominadas ‘GATT: GeneralAgremeent on Tariffs and Trade’, las cuales concluyeron en la ciudad de Marrakech, Marruecos el 15 de diciembre de 1993, año en el que Francia introdujo el concepto político de <
Enuna conferencia dictada por el entonces Ministro de Comercio Exterior de la República de Italia, ante la OMC el 1° de diciembre de 1999, este decía que: <
Esta ley de excepcionalidad, buscaba en sí, otorgar a losEstados miembros el derecho a excluir de los tratados de libre comercio que pueda firmar con otros Estados los productos culturales y determinar límites en la participación del mercado, a fin de evitar una imposición cultural que pueda afectar a los usos y costumbres nacionales así como a la producción propia. Los países mayoritarios en las industrias, sobre todo en las del cine temen que estoafecte sus intereses económicos y la posibilidad del cierre de mercados de exportación.
2. EXCEPCIONALIDAD CULTURAL EN POLITICAS CULTURALES DE BOLIVIA Y LA INFLUENCIA DE LA CONVENCIÓN UNESCO.
Bolivia, - estando vigente su Constitución Política anterior - mediante Ley 3424, el 12 de junio de 2006, aprueba la ratificación de la Convención sobre Protección y Promoción de la Diversidad de lasExpresiones Culturales (UNESCO, 20 de octubre de 2005)2. En el área audiovisual, la Ley 1302, todavía vigente, que se promulgó a finales del año 19913, crea el Consejo Nacional de Cine – CONACINE, con la finalidad de: <
El 9 de febrero de 2009, se promulgó una nueva Constitución Política del Estado, en el cual se establece por medio de su artículo 98.I. que: <
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