La Mejora En El Derecho Sucesorio Peruano
Wilson Javier Pacoricona Apaza
Semestre: VII
SUMARIO: I. Introducción; II. Afectación de la legítima por medio de la donación; III. Necesidad de codificar lamejora en el Derecho peruano; IV. Contenido del artículo que debe implementarse; V. Conclusiones; Bibliografía.
RESUMEN: En el presente artículo se hace referencia a la figura de la “Mejora” acogidaen el ordenamiento jurídico argentino, y del que el nuestro carece, así como de su implementación para evitar perjuicios a los derechos de los herederos forzosos que no hubiesen sido estatuidos en eltestamento.
§. I. Introducción:
Es importante crear un apartado dentro de del derecho de legítima (distinto al que se trata al hablar de sucesión legítima) cuando existe más de un legitimario,pues, ocurre que en la mayoría de casos esta ‘mejora’ es tomada como parte de la legítima o, en su defecto retraído, como anticipo de la legítima. Esto se ve evidenciado en los actos de liberalidad comolo son: los de donación y los legados que se realizan sobre la porción disponible que, según sea el caso, tendrá el causante en favor de uno o algunos de los herederos forzosos, con el propósito demejorar la porción correspondiente a dicho heredero.
§. II. Afectación de la legítima por medio de la donación
La masa global sobre la cual se calcula la totalidad de la porción legitimaria es,resumidamente, la siguiente: el valor de todo el activo transmitido, menos el valor de todo el pasivo transmitido y cargas de la herencia, más el valor de las donaciones. Con esta conclusión de la masasobre la que recaerá finalmente la legítima, se establece que el resultado del acto de liberalidad de donación (y éste no es otro que el que se hace inter vivos) será computado al momento de repartirla legítima, afectando al legitimario en su cuota hereditaria y al causante en su decisión, ya que, una vez peticionada la acción de reducción, el legitimario se verá notablemente reducido en su...
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