LEY 18593 09 ENE 1987

Páginas: 18 (4348 palabras) Publicado: 27 de agosto de 2015
Tipo Norma
Fecha Publicación
Fecha Promulgación
Organismo
Título
Tipo Versión
Inicio Vigencia
Id Norma
Ultima Modificación
URL

:Ley 18593
:09-01-1987
:05-01-1987
:MINISTERIO DEL INTERIOR
:LEY DE LOS TRIBUNALES ELECTORALES REGIONALES
:Ultima Versión
De : 16-02-2011
:16-02-2011
:29984
:16-FEB-2011 Ley 20500
:http://www.leychile.cl/N?i=29984&f=2011-02-16&p=

Ley Nº 18.593
LEY DE LOS TRIBUNALESELECTORALES REGIONALES
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado
su aprobación al siguiente:
Proyecto de ley:

TITULO I
De la Constitución de los Tribunales
Artículo 1°.- Los Tribunales Electorales Regionales
establecidos en el artículo 85 de la Constitución
Política se regirán por la presente ley.
En cada Región existirá un Tribunal Electoral
Regional, con sede en la capital de la misma,salvo en la
Metropolitana de Santiago, donde habrá dos.
Estos Tribunales estarán compuestos por tres miembros,
uno de los cuales será un Ministro de la Corte de
Apelaciones respectiva, y los otros dos serán designados
por el Tribunal Calificador de Elecciones.
Artículo 2°.- La Corte de Apelaciones correspondiente,
reunida en pleno, designará de entre sus miembros a un
titular y a un suplente delTribunal Electoral Regional
respectivo, con treinta días de anticipación a la fecha en
que deban asumir sus funciones. La votación será secreta.
En la Región Metropolitana de Santiago esta elección
la efectuará, en forma sucesiva, la Corte de Apelaciones de
Santiago por cada Tribunal Electoral de la Región.
El Tribunal Calificador de Elecciones designará, con la
anticipación indicada en el incisoprimero, por mayoría
absoluta de sus miembros y en votaciones sucesivas y
secretas, los miembros titulares y suplentes de los
Tribunales Electorales Regionales que le corresponde elegir.
Las personas designadas por el Tribunal Calificador de
Elecciones deberán haber ejercido la profesión de abogado
o desempeñado la función de ministro o abogado integrante
de Corte de Apelaciones por un plazo noinferior a tres
años.
Artículo 3°.- Los miembros de los Tribunales
Electorales Regionales deberán tener residencia en la
respectiva Región, durarán cuatro años en sus
funciones y podrán ser reelegidos.
Para asumir el cargo, prestarán juramento o promesa
de cumplir fielmente sus funciones ante el
Secretario-Relator del Tribunal.
Los miembros titulares y suplentes de los Tribunales
ElectoralesRegionales percibirán una remuneración
equivalente a una unidad tributaria mensual por cada
audiencia a que concurran, con un máximo por cada mes

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 12-Mar-2015

calendario de quince unidades tributarias mensuales,
o de treinta unidades tributarias mensuales sólo cuando
se trate del escrutinio general y la calificación delas
elecciones municipales.

LEY 19146
Art. único
1°.-

Artículo 4°.- Cada Tribunal Electoral Regional será
presidido por el Ministro de la Corte de Apelaciones que lo
integre.
Artículo 5°.- Si alguno de los miembros titulares del
Tribunal cesare en sus funciones, será reemplazado por su
suplente. El órgano que efectuó la designación, dentro
del plazo de 30 días contado desde que asumió elsuplente,
nombrará al reemplazante de este último en la misma forma
establecida en el artículo 2° y por el tiempo que le
faltare para completar su período. Igual procedimiento se
aplicará si quien cesare en sus funciones fuere un miembro
suplente.
Artículo 6°.- Cada Tribunal Electoral Regional tendrá
una planta de personal integrada por un Secretario-Relator,
que deberá ser abogado, un Oficial Primero yun Oficial de
Sala. Se podrá contratar adicionalmente personal en forma
transitoria, cuando las necesidades del Tribunal lo
requieran, previa visación de la Dirección de
Presupuestos.
El personal se regirá por el derecho laboral común y
las remuneraciones del Secretario-Relator, Oficial Primero y
Oficial de Sala serán equivalentes, respectivamente, a las
de los grados 4°, profesional; 13°, no...
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