Ley de obras publicas jalisco
Héctor Pérez Plazola, Presidente Municipal Interino del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, en
cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 36, fracción III y 40, fracción I, numeral 6 de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Jalisco, a todos los habitantes del Municipio hago saber
Que el H.Ayuntamiento de Guadalajara en sesión ordinaria de Cabildo celebrada el pasado día 31
diciembre del 2000, ha tenido a bien en aprobar y expedir el siguiente
A C U E R D O :
PRIMERO. Se aprueba el Reglamento de Gestión del Desarrollo Urbano para el Municipio de Guadalajara,
para quedar como sigue:
Título primero
Disposiciones generales.
Capítulo único
Disposicionesgenerales.
Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto la aplicación de los ordenamientos urbanos expresados
en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano, los Planes Parciales de Desarrollo Urbano y los Planes
Parciales de Urbanización, así como la regulación y el control de cualquier construcción, explotación de
bancos materiales, reparación, acondicionamiento,construcción o demolición de cualquier género que se
ejecute en propiedad pública o de dominio privado, así como todo acto de ocupación y utilización del suelo o
de la vía pública, eventual o con construcciones y anuncios, la preservación del Centro Histórico y Barrios
Tradicionales y en general de la imagen urbana.
Artículo 2. Corresponde al Ayuntamiento el autorizar las actividades a quese refiere el artículo
anterior, por conducto de la Dirección General de Obras Públicas, como dependencia municipal de
gestión, con la coadyuvancia de la Comisión de Planeación Urbana como dependencia técnica. Además,
en los casos que corresponda, la Comisión de Dictaminación de Ventanilla Única realizará las
actividades que conforme a las disposiciones del presente reglamentole competan. Dicha Comisión
estará integrada de la siguiente manera:
I. Un representante de la Dirección General de Obras Públicas Municipales, el cual
coordinará la comisión, mismo que será nombrado por el Director General de Obras
Públicas Municipales con apoyo en las atribuciones que le concede el Reglamento de
Organización de la Administración Pública Municipal deGuadalajara;
II. Un representante de la Comisión de Planeación Urbana, el cual será nombrado por el
Vocal Ejecutivo de la Comisión de Planeación Urbana con apoyo en las atribuciones que
le concede el Reglamento de Organización de la Administración Pública Municipal; y
III. Un representante del Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y
Alcantarillado dentro delMunicipio, mismo que será nombrado por el funcionario
facultado para ello y conforme a la reglamentación aplicable. (Reforma aprobada en la
sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el día 22 de agosto del 2002 y publicada en el
suplemento de la Gaceta Municipal el día 14 de octubre del 2002) Artículo 3.- Las infracciones cometidas contra las normas a que se contrae el presente reglamentoserán
prevenidas, imputadas o sancionadas conforme a las normas contenidas en el mismo.
Artículo 4.- La Dirección General de Obras Públicas, para dar cumplimiento a los fines a que se refiere el
artículo 1, tendrá las siguientes facultades:
I.- Aplicar los ordenamientos urbanos expresados en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano y los
Planes Parciales de DesarrolloUrbano, así como las normas y reglamentos relacionados con la planeación
urbana.
II.- Sugerir al Ayuntamiento las normas y sanciones administrativas para que las construcciones,
instalaciones, calles y servicios públicos reúnan las condiciones necesarias de seguridad, higiene, comodidad
e imagen urbana.
III.- Normar el desarrollo urbano, las densidades de construcción y población,...
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