Ley_Departamen_Tarija_N 52
DELIBERANTE DE TARIJA Y LA PROVINCIA CERCADO
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LEV MUNICIPAL N* 052
GOBIERNO AUTÒNOMO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE TARIJÁ Y LA PROVINCIA CERCADO
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PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL
POR CUANTO, EL ÓRGANO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA
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CIUDAD DE TARIJA Y LA PROVINCIA CERCADO HA SANCIONADOLA PRESENTE:
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LEY d e c r e a c ió n d e l im p u e s t o m u n ic ip a l a l a p r o p ie d a d d e b ie n e s
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INMUEBLES (IM PBI), IMPUESTO MUNICIPAL A LA PROPIEDAD DE VfeHlCULOS
AUTOMOTORES (IMPVA) E IMPUESTO MUNICIPAL A LAS TRANSFERENCIAS
ONEROSAS DE BIENES INMUEBLES Y VEHÍCULOS AUTOMOTORES (IMTO)
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EL HONORABLE CONCEJOMUNICIPAL DE LA CIUDAD DE TAR [JA Y LA PROVINCIA
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CAPÍTULO I I
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OBJETO
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ARTÍCULO 1 (Objetó de la presente Ley).- El objeto de la presente Ley es crear los impuestos de dominio
municipal que grava la propiedad deBienes' Inmuebles, Vehículos Automotores Terrestres, y a las Transferencias
Onerosas de Bienes Inmuebles y Vehículos Automotores, de competencia exclusiva 1del Gobierno Autónomo
V i Municipal de lá ciudad de Tarija y la Provincia Cércado, conforme a la Constitución Política del Estado, à la Le y N°
' 0 3 1 , de 19 de ju lio de 2 0 1 0 ,. M a rc o de A u to n o m ía s y D e s c e n tra liz a c ió n “An d ré s Ib á ñ e z ” y a la Ley
N° 154, de 14 de ju lio de 2 0 1 1 , de C la s ific a c ió n y D e fin ic ió n de Im p u e s to s y de R e g u la c ió n p a ra la
C re a c ió n y /o M o d ific a c ió n de Im p u e s to s de D o m in io de ios G o b ie rn o s A u tó n o m o s .
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CAPÍTULO II.
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IMPUESTO MUNICIPAL A LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES ír)'.C"-. ' 1
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ARTÍCULO 2 (Objeto).- Créase un impuesto anual que grava a la propiedad de bienes inmuebles ubicados en la
jurisdicción territorial del Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de Tarija y la Provincia Cercado, el cual se regirá
por las disposiciones de la presente Ley.
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ARTÍCULO 3 (Hecho Generador).- El hecho generador de esteimpuesto, está constituido por el ejercicio del
derecho de .propiedad de bienes inmuebles urbanos o rurales que se encuentren ubicados dentro de la jurisdicción
1 de este Gobierno Autónomo Municipal al 31 de diciembre de cèda áño.
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ARTICULO 4 '(Base Imponible).- La base imponible de este ¡impuesto estará'constituido por el avalúo fiscal
establecido para estajurisdicción municipal, en aplicación de las normas catastrales y técnico-tributarias urbanas y
rurales emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de Tarija y la Provincia Cercado.
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ARTÍCULO 5 (Auto a v a lú o ).-s
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Mientras no se practiquen los avalúos fiscales a que se refiere el artículo anterior, la base imponible estará
dada por elauto avalúo que practicarán los propietarios de acuerdo a los planos de zonificación y tablas de
valores aprobadas por el Concejo Municipal de lá ciudad de Tarija y la Provincia Cercado sentando las
base.¿‘técnicas sobre las que se recaudará esté’ impuesto.
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CALLE 15 DE ABRIL N ° 329 ESQ. SUCRE
Telf. 6 6 4 32 12 - 6 6 3 4 3 6 7 - 6 1 1 2 2 3 2 - FAX: 6 6 6 3 9 2 4
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Tarija - Bolivia
CONCEJO MUNICIPAL
DELIBERANTE DE TARIJA Y LA PROVINCIA CERCADO
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Estos avalúos estarán sujetos a fiscalización por la Administración Tributaria Municipal.
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El auto avalúo practicado por los propietarios será considerado como justiprecio para los efectos de
expropiación.
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ARTICULO 6...
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