LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURIDICAS SIN FINES DE LUCRO

Páginas: 8 (1997 palabras) Publicado: 23 de noviembre de 2015
LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURIDICAS SIN FINES DE LUCRO
 Ley No. 147 de 19 de marzo de 1992.
 Publicada en La Gaceta No.102 de 29 de mayo de 1992
 El presidente de la República de Nicaragua.

Hace saber al pueblo nicaragüense que:
 La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
 En uso de sus facultades;
 Ha Dictado
La siguiente,
LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURIDICAS SIN FINES DE LUCROCapitulo I. Disposiciones generales
Artículo 1.-
El objeto de la presente Ley es regular la constitución, autorización, funcionamiento y extinción de las Personas Jurídicas civiles y religiosas que sin fines de lucro existan en el país y de las que en el futuro se organicen.
Artículo 2.-
Las Asociaciones, Fundaciones, Federaciones y Confederaciones, sin fines de lucro, sean civiles o religiosas,gozarán de personalidad jurídica una vez que llenen los requisitos establecidos en esta Ley.
Artículo 3.-
El acto constitutivo de las Asociaciones, Fundaciones, Federaciones y Confederaciones deberá ser otorgado en escritura pública con el concurso mínimo de cinco personas capaces de obligarse.
Si se tratare de Fundaciones, éstas tendrán origen en un acto auténtico de liberalidad de su fundador ofundadores y según la finalidad por ellos asignada.
Los Fundadores podrán ser personas naturales o jurídicas que gocen de capacidad para otorgar el acto de liberalidad a que se refiere este Artículo.
Artículo 4.-
Las Fundaciones son Personas Jurídicas no ligadas a la existencia de socios, cuyos elementos esenciales consisten en un patrimonio destinado a servir una finalidad de bien público y unaadministración reglamentada.
Artículo 5.-
Dos o más asociaciones con personalidad jurídica podrán constituir una Federación. Esta nueva entidad adquirirá personalidad jurídica independiente de la personalidad de las entidades que la componen.
Las Federaciones pueden a su vez constituir en las mismas condiciones Confederaciones, las que tendrán su Personalidad Jurídica propia.  
Tanto las Federacionescomo las Confederaciones estarán sujetas a todas las disposiciones de la presente Ley.
Es condición indispensable para la constitución de Federaciones y Confederaciones que las entidades que las conformen estén destinadas a objetivos similares en las mismas áreas de actividades.
Capitulo II. Constitución y autorización
Artículo 6.-
La Personalidad Jurídica será otorgada y cancelada  por Decreto dela Asamblea Nacional. Los respectivos decretos al  igual que los estatutos de las Asociaciones deberán ser publicados en La Gaceta, Diario Oficial. Los estatutos deberán, además, inscribirse en el registro correspondiente.
Artículo 7.-

Las personas interesadas en la concesión de una Personalidad Jurídica harán ante el Secretario de la Asamblea Nacional una solicitud y Exposición de Motivos,firmada y presentada por uno o varios Representantes ante la Asamblea Nacional, adjuntando el testimonio de la Escritura Pública de constitución y dos copias del mismo.
Artículo 8.-
La Escritura Pública de constitución deberá contener los siguientes requisitos:
a) La naturaleza, objeto, finalidad y denominaciones de la entidad que se constituye, así como el nombre, domicilio y demás generales de Ley delos asociados y fundadores.
b) Sede de la Asociación y lugares donde desarrollará su actividad.
c) El nombre de su Representante o Representantes.
d) El plazo de duración de la Persona Jurídica.
Artículo 9.-
La Exposición de Motivos a que alude el Artículo 7 de esta Ley expresará la fundamentación de la persona jurídica que se desea constituir, su importancia y efectos de su existencia para lavida civil o religiosa del país.
Artículo 10.-
El Secretario de la Asamblea Nacional devolverá la solicitud de Personalidad Jurídica cuando no cumpla con los requisitos señalados en la presente Ley, expresando las irregularidades que se deban subsanar.
Si la solicitud de Personalidad Jurídica cumple con los requisitos establecidos en esta Ley, el Secretario le dará el trámite señalado en el...
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