Ley Nº 29973
La Sociedad Peruana de Síndrome de Down defendió ayer la Ley 29973, promulgada por el Congreso, que obliga a las empresas privadas de más de 50 trabajadores a destinar comomínimo el 3% de su planilla a contratar a trabajadores con alguna discapacidad.
De acuerdo con el gremio, desde hace décadas las cuotas laborales se han adoptado en Europa, África, Asia y América.Países de la región como Brasil, Ecuador y Argentina las tienen.
“Son medidas significativas para favorecer la inclusión de las personas con habilidades diferentes y son consideradas por la OIT comopositivas pues brindan oportunidades y trabajo decente”, refirió.
Pese a estos argumentos, la Confiep ha criticado la norma, pues considera que elevaría los costos de las empresas.
Para la SociedadPeruana de Síndrome de Down, lo que hace falta es que el Estado mejore la formación laboral de este tipo de trabajadores, que se estima suman tres millones en el Perú.http://peru21.pe/impresa/defienden-cuota-laboral-2110253
Empresas obligadas a contratar personas con discapacidad con nueva Ley Nº 29973
El 24 de diciembre último ha sido publicada la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona conDiscapacidad, la misma que contiene los siguientes alcances básicos.
Derecho a la accesibilidad: Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder en igualdad de condiciones que las demás, alentorno físico, medios de transporte, servicios, información, comunicaciones, de la manera más autónoma posible. Las edificaciones públicas y privadas deben contar con ambientes y rutas accesibles. ElMinisterio de Vivienda promoverá programas públicos de vivienda para personas con discapacidad. Los estacionamientos públicos y privados deben disponer espacios para vehículos conducidos por personas condiscapacidad. Las aseguradoras privadas de salud y vida, están prohibidas de negarse a prestar cobertura por motivos de discapacidad.
Descuento en espectáculos: Las personas con discapacidad...
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