Lineamientos convocatoria Nacional
Lineamientos para Convocatoria a Segunda Asamblea Consejo Ciudadano Sectorial
de Salud-CCSS.
1. Antecedentes
El Ministerio de Salud Púbica consciente del derecho a la participación ciudadana y la
exigibilidad de los derechos en salud, promueve el diálogo con la ciudadanía con el
propósito de generar una gestiónpública de la salud participativa y transparente. Por esta
razón, se convoca a la II Asamblea del Consejo Ciudadano Sectorial de Salud, que se
guiará por los principios que establece la normativa jurídica vigente: igualdad,
interculturalidad, plurinacionalidad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia,
paridad de género, responsabilidad, corresponsabilidad, información detransparencia,
pluralismo, y solidaridad.
2. Objetivo de los lineamientos
Definir las directrices para la convocatoria a la II Asamblea y conformación del Consejo
Ciudadano Sectorial de la Salud y al/la delegado-da del Consejo Ciudadano Sectorial de
Salud a la Asamblea Plurinacional e intercultural para el Buen Vivir
3. Consejo Ciudadano Sectorial de Salud
La Ley Orgánica de Participación Ciudadanaen su Artículo 52 establece que el Consejo
Ciudadano Sectorial es la instancia de diálogo, deliberación y seguimiento de las políticas
públicas de carácter nacional y sectorial; constituyen un mecanismo para la discusión de los
lineamientos y seguimiento de la evolución de las políticas ministeriales. Serán impulsados
por la Función Ejecutiva y se desempeñaran como redes de participación dela sociedad civil
articuladas a los ministerios sectoriales.
4. Funciones del Consejo Ciudadano Sectorial de Salud
El Consejo Ciudadano Sectorial de Salud deberá cumplir con las siguientes funciones
(Artículo 53 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana):
a) Intervenir como instancia de consulta en la formulación e implementación de las
políticas de salud de alcance nacional;
b)Proponer al Ministerio de Salud Pública agendas de políticas públicas de salud;
1
SUBSECRETARIA NACIONAL DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD E IGUALDAD
c) Monitorear que las decisiones de las políticas y los planes del Ministerio de
Salud Pública se concreten en las partidas presupuestarias respectivas y se
implementen en los programas y proyectos gubernamentales respectivos;
d) Hacer elseguimiento y la evaluación participativa de la ejecución de las políticas
públicas de salud en las instancias estatales correspondientes;
e) Generar debates públicos sobre temas del sector salud;
f)
Coordinar con las diferentes instituciones públicas y privadas en el tema de su
responsabilidad para la concreción sectorial de la agenda pública de salud; y,
g) Elegir a la delegada odelegado del Consejo Ciudadano Sectorial de Salud a la
Asamblea Ciudadana Plurinacional para el Buen Vivir.
5. Participantes
Para la convocatoria a la II Asamblea del Consejo Sectorial de Salud se plantea convocar a
la diversidad de actores y organizaciones ciudadanas que estén vinculadas a la temática de
la salud con el propósito de ampliar la representatividad de la ciudadanía en estainstancia
de participación del MSP.
Los actores de la sociedad civil y las organizaciones sociales de hecho y/o derecho que
tengan afinidad al sector de la salud, podrán designar un/a delegado/a para que integre el
Consejo Ciudadano Sectorial de la Salud.
5.1.
Organizaciones de derecho
Fundaciones
Las fundaciones afines al sector de la salud designarán a un/a delegado/a por temática deacuerdo al acápite 6 para que
participen en la II Asamblea
del Consejo Ciudadano
Sectorial de Salud. En relación a este tema el Ministerio de Salud Pública se regirá de
acuerdo a la normativa jurídica vigente.
Corporaciones
Corporaciones de Primer Grado: Son aquellas que agrupan a personas
naturales con un fin delimitado tales como asociaciones, clubes, comités,...
Regístrate para leer el documento completo.