Los derechos de libertad
Artículo 24. Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertadincluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o faltapenados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.
(Reformado mediante decreto publicado en eldiario oficial de la federación el 19 de julio de 2013)
El congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna.
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de lafederación el 28 de enero de 1992)
Los actos religiosos de culto público se celebraran ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de estos se sujetaran a la leyreglamentaria.
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 28 de enero de 1992)
Derechos que se traducen en la facultad de pedir la intervención del estado a favor delos derechos individuales.
ARTICULO 8. Los funcionarios y empleados públicos respetaran el ejercicio del derecho de petición, siempre que esta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa;pero en materia política solo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la república.
a toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tieneobligación de hacerlo conocer en breve termino al peticionario.
Derechos de petición y políticos.
Artículo 35. Son prerrogativas del ciudadano:
I. Votar en las elecciones populares.
II. Poder servotado para todos los cargos de elección popular y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley.
III. Asociarse individual y libremente para tomar parte...
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