Los recursos ordinarios
LOS RECURSOS ORDINARIOS
RECURSO DE REPOSICIÓN
RECURSO DE APELACIÓN
RECURSO DE SÚPLICA
RECURSO DE QUEJA
ARTÍCULO DE C.G.P
Articulo 318 y 319
Del Articulo 320 al 330
Articulo 331 y332
Articulo 352 y 353
PROCEDE
Contra los autos que dicte el juez, contra los del Magistrado sustanciador no susceptibles de súplica y contra los de la Sala de Casación Civilde la Corte Suprema de Justicia, para que se revoquen o reformen.
Son apelables las sentencias de primera instancia, salvo las que se dicten en equidad. También son apelables los autos proferidosen primera instancia enumerados en el artículo 321 del C.G.P
Contra autos apelables del magistrado sustanciador, ya sea en única o segunda instancia o durante el trámite de la apelación de un auto;El auto que resuelve sobre la admisión del recurso de apelación o casación; Los autos que se profieran en el recurso de casación o revisión.
Cuando el juez de 1era instancia deniegue el recurso deapelación o el de casación el recurrente podrá interponer el de queja para que el superior lo conceda si fuere procedente.
NO PROCEDE
Contra los autos que resuelvan un recurso deapelación, una súplica o una queja.
El recurso de apelación no procede, en casos diferentes a los mencionados en el artículo 321 del C.G.P
No procede contra los autos mediante los cuales se resuelva laapelación o queja.
El recurso de queja no procede, si no se ha negado en primera instancia el recurso de apelación o el de casación.
OPORTUNIDAD
El recurso de reposición se puede interponerde dos formas: por escrito o en forma verbal. Oral: De inmediato y Escrito: Durante los 3 días siguientes.
El recurso de apelación deberá ser interpuesto ante el juez que dictó la providencia. Oral:De inmediato y Escrito: Durante los 3 días siguientes.
Se interpone dentro de los 3 días siguientes a la notificación del auto, en escrito, con las razones en que se fundamenta y dirigido a la sala...
Regístrate para leer el documento completo.